El Tribunal Superior de Justicia de Balears (TSJB) ha anulado un acuerdo del Consell de Formentera tomado en 2009 mediante el cual denegó a un particular la construcción de una vivienda unifamiliar aislada en es Cap de Barbaria. Esto no quiere decir que automáticamente ahora se conceda el permiso, ya que, según el fallo, ahora todavía queda que la institución emita informe técnico sobre el proyecto básico presentado y el correspondiente informe jurídico.
Este propietario solicitó un permiso para edificar en suelo rústico sobre dos fincas registrales con una superficie total de 22.369 metros cuadrados, con parcela mínima edificable de 14.000 m2. El Consell emitió un informe en 2008 en el que indicó que las dos parcelas no estaban agrupadas y solicitó informe a la comisión de urbanismo y patrimonio del Consell d'Eivissa (Ciotupha) en virtud de un acuerdo que tenían para ello. La Ciotupha informó desfavorablemente esa petición y, por tanto, el Consell de Formentera aceptó ese informe y decidió denegar la licencia de obras.
Argumentos
La institución de Formentera argumentó ante el tribunal que se basó en un informe del Consell d'Eivissa y recordó que el propietario no lo impugnó. Sin embargo, el tribunal recuerda que el Consell de Formentera aprobó por unanimidad este acto administrativo impugnado y que tiene competencias urbanísticas en la Isla pese a haber sido asesorado por el Consell d'Eivissa en esta cuestión. Asimismo, recuerda que la Administración insular es la «competente y la responsable» de esa denegación de licencia, ya que asumió e hizo suyo el informe.
En otro punto de la sentencia se asegura que en esta finca «no existe impedimento» para poder autorizar su edificación si el aprovechamiento máximo de ocupación es acorde a derecho, como así lo revela el informe de la Ciotupha. La interpretación del Consell de Formentera «no es ajustada a derecho» y «debe anularse», según este fallo, que rechaza la pretensión de reclamación de una indemnización. Ahora se retrocede el expediente administrativo al momento de emitir informe técnico sobre el proyecto básico e informe jurídico.