La Asociación de salas de fiestas, discotecas y similares de Balears ha presentado alegaciones contra la nueva Ordenanza reguladora de los horarios de establecimientos y espectáculos públicos de Sant Josep porque la considera «nula de pleno derecho». La agrupación pide al Consistorio que la nueva normativa quede «sin efecto», principalmente, por tres motivos: porque considera que el Ayuntamiento «carece de competencia para regular con carácter general los horarios», porque no justifica «la necesaria motivación» por la que adopta el horario que sanciona y porque incurre en una «discriminación» hacia los cafés concierto, al establecer para estos locales «un horario de cierre distinto» al de las discotecas «sin que se motivo o explique la razón».
Sobre el primer motivo, la falta de competencia municipal, la agrupación de discotecas explica que, de acuerdo a la Ley 16/2006 de Licencias Integradas de Actividad de les Illes Balears, el órgano competente para determinar con carácter general una modificación de horarios es el Govern balear, «pudiendo únicamente los plenos de los ayuntamientos reducir motivadamente para una zona o zonas del municipio los citados horarios». «Resulta que el Ayuntamiento invade competencias (...) por lo que el acuerdo que nos ocupa es nulo de pleno de derecho», añade la agrupación.
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