La Audiencia Provincial de Palma ha condenado a un año y medio de cárcel a un aparejador municipal de Sant Antoni de Portmany, y a nueve meses a un arquitecto y a un promotor por la construcción de una vivienda de nueva planta en terreno protegido, que incluía la edificación de una piscina y un sótano. Los acusados deberán demoler las obras ejecutadas, que ocupan en total 305 metros cuadrados.
Según la sentencia dictada por la Sección Primera, a la que ha tenido acceso Europa Press, los hechos sucedieron después de que el promotor, Frans Wong L.H., adquiriese en 2004 un terreno ubicado en el polígono de Can Pou de Sant Mateo, calificado como suelo rústico no urbanizable, en el que había anteriormente había sido construida una vivienda unifamiliar de planta baja y de un total de 40 metros cuadrados.
Un año después, el acusado solicitó permiso de obra para reformar y ampliar el inmueble preexistente, que preveía una ampliación total de 137,9 metros cuadrados con sótano, previa tramitación de un expediente de legalización de la vivienda. En este contexto, el aparejador municipal, Miguel Angel M.M., emitió un informe técnico favorable haciendo constar que el proyecto básico de la reforma cumplía la normativa a sabiendas de que no era así.
Iniciadas las obras por la constructora Wong Ibiza S.L., de la que el promotor es administrador único, éste solicitó en 2007 al Ayuntamiento de Portmany permiso para modificar el proyecto básico y de ejecución de la reforma y ampliación de vivienda y piscina, redactado por el arquitecto y también acusado Francisco N.R.
Tras ello, el aparejador municipal emitió informe en el que hacía constar que las modificaciones cumplían la Ley, «con el más absoluto desprecio a la normativa aplicable que obligatoriamente debía conocer por razón de su cargo», según la resolución judicial, y más en concreto en relación a la Ley de Espacios Naturales y Régimen Urbanístico, sin contar además con el informe previo necesario de la Comisión Insular de Urbanismo del Consell de Ibiza.
Y todo ello, según el tribunal, «a sabiendas de que el proyecto suponía una alteración de la configuración, distribución y funcionalidad que desvirtuaba por completo el proyecto inicial». Como consecuencia de diversas inspecciones llevadas a cabo sobre el terreno, se constató que la vivienda había sufrido un considerable aumento de volumen y que se estaba construyendo un sótano que no aparecía en la licencia concedida, por lo que en noviembre fue incoado un expediente de disciplina urbanística.