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Los empleados de Iberia en Eivissa denuncian falta de personal y precariedad

| Eivissa |

El Comité de Empresa de Iberia en Eivissa ha remitido un escrito a la dirección de la compañía en el que denuncia la falta de personal y la precariedad laboral que, según advierten, puede tener «consecuencias muy graves».

Los miembros del Comité de Empresa y responsables de las secciones sindicales del aeropuerto de Eivissa alertan a la dirección de la empresa Iberia a través de un comunicado firmado de que «la falta de personal» en determinados departamentos está ocasionando «un servicio precario» y un problema de «estrés y ansiedad» en los trabajadores. Como ejemplo, denuncian que un coordinador atiende «dos y tres aviones al mismo tiempo» y que, en ocasiones, «el comandante sale a la puerta de embarque para pedir al personal de pasajeros que envíe pasaje, no habiendo coordinador en toda la escala ni en la carga», algo que podría tener «consecuencias muy graves», señalan los denunciantes. «Si no coincide la carga real con la hoja de carga firmada podría producirse incluso un accidente aéreo», advierte el Comité de Empresa de Iberia en Eivissa.

También informan de que hay mostradores de facturación «descubiertos y desatendidos», lo que provoca las quejas de los usuarios. También las maletas «se acumulan más de dos y tres días sin poder ser registradas ni repartidas», lamentan, «al no haber suficiente personal de turno asignado».

Una situación similar sucede con el transporte interno: «Al no haber conductores suficientes de turno, los pasajeros esperan una media de 25 minutos en la escalera hasta que llega la jardinera». Los problemas aumentan por la falta de aire acondicionado, lo que genera quejas y reclamaciones.

«El departamento de ventas siempre está bajo mínimos», prosigue la nota firmada por el Comité de Empresa y los representantes sindicales, quienes denuncian «turnos inhumanos que provocan riesgos psicosociales» en los empleados.

Por último, los trabajadores de la compañía denuncian el «incumplimiento de la disposición final segunda del XX Convenio Colectivo de Tierra, con respecto a las libranzas y el incumplimiento de la publicación mínima de 15 días de la programación de turnos a realizar».

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