La Comisión de Coordinación de Política Territorial ha informado de forma favorable la declaración como Zonas Especiales de Conservación (ZEC) de los Lugares de Importancia Comunitaria (LIC) de la Serra de Tramuntana, ses Salines de Eivissa y Formentera, y el archipiélago de Cabrera.
Se trata de un paso previo a su aprobación definitiva por parte del ejecutivo balear, según informó ayer en una nota de prensa la conselleria de Agricultura, Territorio y Medio Ambiente.
El Govern elabora los planes de gestión de la zonas declaradas LIC de la Red Natura con el objeto de definirlas como ZEC, cumpliendo con las directivas europeas y estatal en materia de protección de espacios naturales.
El ejecutivo autonómico aprobó en marzo de 2014 los primeros cinco planes que incluían la gestión de 46 LIC y ahora tramita el resto de planes que agruparán las 91 zonas restantes.
Entre estos planes se encuentran los tres informados favorablemente por la comisión celebrada ayer.
Se trata del plan de gestión de la Serra de Tramuntana, que incluye 29 espacios, con una superficie de 31.397,06 hectáreas en Mallorca. Además, se incluyen el plan de gestión de ses Salines de Eivissa y Formentera, que afecta a una superficie de 16.434,89 ha, de las que 13.476,61 (82 %) son marinas; y el del archipiélago de Cabrera, que afecta a una superficie de 20.531,69 ha, de las cuales el 93 % pertenece al ámbito marino.
La comisión también ha informado favorablemente la modificación del Plan Director Sectorial Energético de les Illes Balears, relativa a la ordenación territorial de les energías renovables.
El objeto de esta modificación es disponer de una planificación territorial que regule la aptitud del territorio para acoger instalaciones de energías renovables, haciendo especial énfasis en la regulación de las tecnologías maduras: fotovoltaica y eólica.
La Comisión de Coordinación de Política Territorial es un órgano integrado por representantes del Govern y de los cuatro consells insulars, entre cuyas funciones está la de emitir informes, con carácter preceptivo, sobre procedimientos de elaboración de los instrumentos de ordenación territorial.