El Ayuntamiento de Sant Antoni informó ayer de que la titular del juzgado Contencioso-Administrativo nº 1 de Palma de Mallorca ha denegado la medida cautelar de suspensión del acuerdo de adjudicación del contrato de gestión del servicio de agua potable y saneamiento de Sant Antoni. Aqualia había solicitado esta medida cautelar, pero la magistrada entiende que únicamente se podría acordar esta cautelar si la ejecución del acto pueda hacer perder la finalidad del recurso. La jueza considera que la cautelar se puede otorgar si de la misma se pudiera derivar una perturbación grave de los intereses generales o de terceros, por lo que ha desestimado la solicitud.
La misma empresa había solicitado que se suspendiera el proceso judicial ante el Contencioso-Administrativo planteando prejudicialidad penal de este proceso con la querella interpuesta por Aqualia contra un exempleado suyo. La jueza ha denegado también esta pretensión en un auto en el que asegura no comprender «cómo quien interpone el recurso, solicitando la medida cautelar, procede, acto seguido, a solicitar que se suspenda la tramitación del incidente». La magistrada señala también que «el acto [acuerdo de adjudicación] goza del privilegio de ejecutividad, con lo que el Ayuntamiento puede en cualquier momento proceder a la firma del contrato de gestión de servicio público de abastecimiento de agua potable y saneamiento a Facsa».