La proliferación de fiestas ilegales en Ibiza y las dificultades de actuación que han puesto de manifiesto las fuerzas de seguridad han llevado a las instituciones insulares a darle una vuelta al asunto y buscar herramientas más eficaces contra estos eventos. Su celebración es ya de por sí contraria a la legalidad, pero la mayor preocupación, en plena pandemia, es el peligro que suponen para la salud pública.
Técnicos y juristas del Ayuntamiento de Santa Eulària han elaborado un primer borrador de un protocolo insular. Un texto que señala la Ley 7/2013 de actividades de Baleares como la herramienta óptima para combatir a los piratas del ocio nocturno. Al considerar estos eventos actividades no permanentes sin autorización, la norma permitiría a las administraciones emprender medidas cautelares como el corte de suministro eléctrico y de agua y sancionar con hasta 300.000 euros de multa a los promotores de la fiesta o a los propietarios del inmueble en el que se celebre.
La estrategia se desarrolla en tres fases: acciones previas a la fiesta, acciones durante la fiesta y acciones posteriores a la fiesta. El objetivo es lograr una presión disuasoria tanto a los organizadores de estos eventos como a las empresas colaboradoras para abortar la fiesta en un primer momento y, si no es posible, imponer un castigo ejemplarizante que disuada de usar como discoteca un inmueble.
Actuaciones previas
Si se logra detectar la celebración de una fiesta ilegal, ya sea mediante la denuncia de particulares, información obtenida por redes sociales o la detección de los preparativos, lo primero es disuadir a los promotores para que no se celebre. Para ello se plantea el envío de una notificación urgente en la que se informe de la falta de permiso para esa actividad y las posibles sanciones.
Si existieran pruebas evidentes de que se va a celebrar una actividad no permanente en una vivienda, entonces el Consistorio competente podría iniciar el ejercicio de presiones mediante medidas cautelares. Unas acciones que, en el caso de una fiesta ilegal, no irían más allá de la orden de suspensión de la actividad, pero el incumplimiento de esta orden permitiría precintar la actividad e interponer una comunicación al Ministerio Fiscal por posibles responsabilidades penales si se rompe el precinto.
El borrador apunta que se puede solicitar a las empresas de electricidad, agua o telecomunicaciones la interrupción del suministro en un plazo de 48 horas. Esta medida se considera «muy extrema y sólo para casos muy particulares en los que existan preparativos prolongados» y evidencias suficientes.
Durante la fiesta
A pesar de esta previsión de acciones previas, lo habitual es la detección de una fiesta cuando ya se está llevando a cabo. En ese caso lo primero que se recomienda es intentar contactar con el promotor y solicitar que la actividad concluya de forma voluntaria.
Además se indica la necesidad de, en todo momento, recoger todas las pruebas posibles en «informes sucintos con gran abundancia de documentación gráfica».
En ese momento la Policía, en calidad de autoridad inspectora, tendría la potestad de poner en marcha medidas «provisionalísimas» como son la suspensión de la actividad y el precinto de la misma y de los dispositivos electrónicos que se utilicen.
La instalación de controles policiales por la zona se plantea como un elemento más de presión.
El protocolo valora la posibilidad de entrar en el inmueble, incluso sin autorización judicial, si es evidente el uso como discoteca o sala de baile en un evento de pública concurrencia. Estos usos, propios de una actividad, supondrían que el inmueble habría perdido su carácter residencial y sería posible, según los redactores del texto, el acceso al recinto en el que se desarrolla la actividad.
Respecto al corte de suministro, dado que se trata de una medida que no es de carácter inmediato, podría valorarse en el caso de fiestas de varios días de duración en las que no sea posible el acceso.
Tras la fiesta
La celebración de la fiesta ilegal, como actividad sin autorización, supondrá la incoación de un expediente sancionador. Si en la misma se se negó el acceso a la autoridad, se realizaron actividades prohibidas por la ley o se puso en riesgo grave la seguridad o la salubridad, nos encontraríamos ante una infracción muy grave con una sanción de 30.000 a 300.000 euros.
El protocolo plantea, además, un análisis exhaustivo de la legalidad en el lugar de celebración de la fiesta. Esto incluiría el control urbanístico del inmueble para detectar posibles ilegalidades, inspecciones en materia turística en caso de viviendas vacacionales, procedimientos sancionadores en materia de transporte si se hubiera detectado actividad ilegal e inspecciones a las empresas colaboradoras en el evento.
Todo este procedimiento requerirá mejorar la formación en materia de actividades de los cuerpos policiales para que identifiquen todas las irregularidades y realicen informes sólidos que no puedan tumbar los jueces.