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Aprobada la Ley de Urbanismo de Baleares, incluyendo la disposición criticada por Més y Podemos

El socialista Damià Borràs (PSIB), con el conseller Marc Pons, en un momento del pleno. | M. À. Cañellas

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El Parlament ha aprobado este martes la Ley de Urbanismo de Baleares que afectará al suelo rústico, que quedaba fuera en la anterior normativa -la Ley del Suelo (LOUS) de 2014-, que introduce medidas de lucha contra la especulación y que, en términos generales, configura la actividad urbanística «como función pública» y desde una perspectiva «ambiental».

Respecto a la disposición criticada por Podemos y MÉS ya que consideran que podría suponer urbanismo a la carta, esta finalmente ha sido aprobada con los votos a favor de PSIB y PP, los votos en contra de Podemos y MÉS y las abstenciones de El PI y Cs.

En concreto, esta iniciativa permitiría que determinadas edificaciones con más de un 90% construido en determinadas circunstancias se pudieran legalizar, «como serían casos concretos en Ibiza», tal como se ha denunciado por parte de estas dos formaciones.

Desde el PSIB, el diputado Damià Borràs ha negado esto durante el debate que se ha producido en el plenario ya que una de esta disposición se introdujo a petición del Ayuntamiento de Sant Josep y permitirá al consistorio convertir en urbanos unos terrenos edificados en un 90 por ciento, para poder «ordenar de forma definitiva esta zona».

Cabe destacar que el PP había pedido, mediante una enmienda, que este punto se hiciera extendible a todo el territorio de la Comunidad autónoma, pero finalmente esto no se ha aceptado.

LA LUIB ENTRA EN VIGOR EL 1 DE ENERO DE 2018

Esta nueva normativa, abreviada con las siglas LUIB, cuenta con unas 200 páginas, entrará en vigor el próximo 1 de enero de 2018 y tiene la intención de reforzar la disciplina, agiliza los planeamientos y obliga a destinar suelo a vivienda pública.

En la ley, que ha incorporado total o parcialmente más del 30 por ciento de las enmiendas de los grupos, destaca, como medida concreta, que las construcciones ilegales en rústico puedan «ser demolidas siempre» y que esto nunca vaya a prescribir.

Aunque tiene vocación de «perdurabilidad», según han defendido los grupos que la apoyan y el Govern, desde el PP se ha planteado que vaya «a iniciarse ninguna tramitación, dado lo que queda de legislatura», según las palabras de la diputada popular, Antònia Perelló, que también ha dicho que la disposición transitoria 11 podría incurrir en una «posible inconstitucionalidad».

Esta disposición hace referencia a los ámbitos espaciales homogéneos y los edificios en situación de ruina física, que se considerarán así «independientemente» de que haya o no un expediente de declaración de ruina, si es «manifiestamente inhabitable por estar derruido o semiderruido».

En concreto, el Govern busca con la LUIB, además de lo ya explicado, dar más garantías a la protección de suelos protegidos (ANEI, ARIP y áreas de protección APT costeras), el incremento del parque de vivienda pública e impedir la reclasificación como suelo urbano de los asentamientos en medio rural, así como cerrar la puerta a la amnistía de las edificaciones fuera de ordenación en rústico.

DISCIPLINA URBANÍSTICA

Sobre las medidas de disciplina urbanística, en suelo urbano o urbanizable se prevén multas de entre el 50 y el 70 por ciento del valor de la obra ejecutada si el uso está permitido y entre el 75 y el 100 por ciento del valor si el uso no está permitido.

Para obra e instalaciones en suelo rústico, las multas serán del 300 por ciento del valor si el uso está prohibido y entre el 150 y el 300 por ciento del valor si el uso está autorizado.

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