Un juzgado de lo Mercantil de Palma ha desestimado la demanda que interpuso un pasajero que afirmaba que se durmió en un vuelo y se despertó en las islas Galápagos. Reclamaba que le pagaran el vuelo de vuelta desde el archipiélago ecuatoriano a Madrid.
La demanda responsabilizaba a la aerolínea de la confusión que hizo que, en lugar de aterrizar en España el pasajero lo hiciera a 10.000 kilómetros de distancia. Según su versión, había embarcado en el avión en Bogotá (Colombia) con destino a Guayaquil (Ecuador). En este segundo aeropuerto tenía que hacer transbordo y coger un vuelo a Madrid. Su versión es que se quedó dormido en el primer avión, que nadie de la tripulación la despertó y no llegó a bajar de ese aparato cuyo siguiente destino eran las islas.
La versión del pasajero no ha convencido al magistrado, en gran parte por lo extraño de que permaneciera dormido en su asiento cuando la tripulación comprobó el descenso de los pasajeros o cuando el personal de limpieza accedió al aparato. De esta forma, la sentencia considera que no se ha producido una negligencia por parte de la aerolínea y que, por lo tanto, ésta no tiene responsabilidad económica en lo ocurrido.
El pasajero tendrá que abonar él mismo su billete de vuelta a España, valorado en torno a los 5.000 euros, si bien puede apelar aún la decisión del juzgado Mercantil ante la Audiencia Provincial de Palma.
Las reclamaciones a compañías aéreas se han convertido casi en la mitad de asuntos en lo Mercantil. Se han disparado en pocos años ante la reticencia a atender reclamaciones de las aerolíneas de los pasajeros generalmente por retrasos.