El Tribunal Constitucional (TC) declaró ayer inconstitucional y nulo el artículo del Estatuto de autonomía de Castilla y León que regula las competencias de la comunidad autónoma sobre la cuenca del río Duero al estimar el recurso presentado en su día por el Gobierno de Extremadura.
Esta decisión, adoptada por unanimidad, se conoce un día después de que el Tribunal, ante otro recurso presentado también por la Junta de Extremadura, anulase el artículo 51 del Estatuto de autonomía de Andalucía, que regula la competencia sobre la cuenca del río Guadalquivir.
El artículo del Estatuto castellano-leonés que ha anulado ahora el TC es el 75.1, que señalaba que «la comunidad autónoma asumirá competencias de desarrollo legislativo y de ejecución en materia de recursos y aprovechamientos hidráulicos de las aguas de la cuenca del Duero que tengan su nacimiento en Castilla y León y deriven a Portugal sin atravesar ninguna otra comunidad».
La Junta de Extremadura recurrió ese artículo del Estatuto castellano-leonés en 2008, al considerar que vulneraba las competencias del Estado y el principio de unidad de cuenca.
El Duero discurre por siete comunidades autónomas, aunque más de un 98%, corresponde a Castilla y León.