La nueva «tarifa plana» de cotización a la Seguridad Social para la contratación indefinida de nuevos trabajadores tendrá tres tramos, que oscilarán de 50 a 100 euros dependiendo de la jornada del empleado.
En la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros, la ministra de Empleo, Fátima Báñez, ha explicado que la cotización será de 100 euros en el caso de la jornada completa, de 75 euros cuando se trabaja al menos el 75 % de la jornada y de 50 euros para la media jornada.
La medida aprobada entrará en vigor con efecto retroactivo del 25 de febrero, fecha en que fue anunciada por el presidente del Gobierno, Mariano Rajoy, en el debate sobre el estado de la nación.
La bonificación en la cotización por contingencias comunes se aplicará durante 24 meses para los contratos que se formalicen hasta el 31 de diciembre de este año, si bien esta limitación temporal podría prorrogarse, según han explicado fuentes del Ministerio de Empleo y Seguridad Social.
Los contratos realizados por autónomos y microempresas (menos de 10 trabajadores) se beneficiarán de un año adicional de bonificación, que consistirá en una reducción del 50 % de la cotización por contingencias comunes.
Según las fuentes de Empleo, se trata de evitar que en las empresas más pequeñas se produzca un «efecto escalón» y que los contratos se mantengan más allá de los dos años.
No obstante, Báñez ha explicado que si no se mantienen los contratos durante tres años desde el momento de su firma, los empresarios tendrán que devolver las bonificaciones, a razón del 100 % si el contrato se extingue el primer año, el 50 % en el segundo y el 33 % en el tercero.
Para beneficiarse de la «tarifa plana» las empresas deberán estar al corriente de sus obligaciones con la Seguridad Social y no podrán haber realizado despidos colectivos o individuales en los seis meses previos a la contratación.
Sin embargo, la ministra ha dicho que se ha puesto una salvedad inicial a este requisito para no perjudicar a las empresas que han reestructurado su plantilla a consecuencia de la crisis antes de conocer esta medida.
De esta forma, las empresas no podrán beneficiarse si han despedido a trabajadores antes del 25 de febrero, momento de entrada en vigor de la tarifa plana.
La medida será de aplicación solo en el sector privado y quedan excluidas las administraciones públicas y organismos públicos y entidades empresariales.
Según Báñez, la «tarifa plana» supondrá un ahorro anual en cotizaciones de empleados a jornada completa de 1.200 euros por cada doce meses.
A su juicio, la bonificación no va a suponer una pérdida para el sistema de la Seguridad Social, puesto que se trata de nuevos empleos, «gente que hasta ahora no cotizaba».
Fuentes del Ministerio han aclarado que la conversión de un trabajador temporal en fijo sólo estará bonificada si se contrata a otra persona, ya que el «espíritu del decreto» es la creación de empleo neto.
Asimismo, han explicado que quedan excluidos quienes contraten a familiares, salvo los autónomos que contraten a familiares menores de 30 años, en tanto que también se quedan fuera de la bonificación las contrataciones que se realicen en sistemas especiales como el hogar y el agrario.
El motivo de esta exclusión es que estos regímenes tienen ya unas tipos muy reducidos respecto a las cotizaciones ordinarias del régimen general.
Esta medida será incompatible con otras bonificaciones y no serán acumulables beneficios en la cotización ya que entonces «habría que poner dinero».