El juez de Instrucción 4 de Granada, Antonio Moreno, aprecia como «particularmente degradante y vejatorio» el carácter de las conductas del padre Román, cabecilla del grupo de religiosos imputados en los supuestos abusos sexuales a menores en Granada, hacia el primer denunciante de los hechos.
En el auto referido al padre Román, que eludió la prisión tras pagar una fianza de 10.000 euros, el juez relata los supuestos abusos sufridos por el primer denunciante desde que en el 2004, con 14 años, comenzó a pasar «mucho tiempo» en las casas de este grupo de religiosos y hasta que los abandonó, con 17.
La investigación judicial comenzó el pasado 14 de octubre, cuando el joven, que ahora tiene 24 años, interpuso una denuncia en la Fiscalía después de haberla dirigido al Arzobispado de Granada y posteriormente por carta al papa Francisco, que llegó a pedirle perdón en nombre de la Iglesia a través de una llamada telefónica.
Con 7 años, relata el auto, el denunciante comenzó a ir los domingos junto a un amigo a la misa que se oficiaba en la iglesia de Granada de la que era párroco el padre Román, que les propuso a ambos ayudar como monaguillos.
Ya en 2004, con 14 años, el joven empezó a pasar «mucho tiempo» en las casas de este grupo de religiosos hasta que el cura le propuso quedarse a cenar y a dormir y ver una película diciéndole que veía en él «una gran vocación para el sacerdocio» y que por ese motivo debía compartir con el grupo de sacerdotes su modo de vida.
Según el auto, cuando el menor se quedaba allí, el imputado le proponía ocupar su cama pese a que había otras libres, lo que hacía sentirse al chico presionado «física y psicológicamente».
En dos ocasiones entre el 2006 y el 2007 el sacerdote, tras un masaje previo, intentó agredirle sexualmente.
En otro momento, en una de las casas propiedad de estos religiosos y en presencia de los sacerdotes y los dos laicos que formaban parte del grupo, el cura le dejó en evidencia tras relatar a todos un episodio relacionado con la práctica de masturbaciones.
Este grupo de sacerdotes, entre los que se encuentran los otros dos que el miércoles pasado quedaron también en libertad con cargos junto al profesor de religión también imputado, apoyaban al padre Román ante el joven, lo que le provocaba «un gran estado de ansiedad».
Según el auto, el joven llegó además a sufrir amenazas verbales en el sentido de que «si no vivía la sexualidad con claridad de miras, tendría que dejar el grupo».
Todos estos hechos acabaron a mediados del 2007 o del 2008, cuando el denunciante abandonó el grupo de religiosos.
Su amigo describe por su parte masajes que «no constan aún indiciariamente acreditados», según el juez, que cree que pueden haberse producido otros actos sexuales a menores pendientes de probar.
El juez, que se refiere también a las «múltiples» propiedades inmobiliarias y al «alto nivel de vida» de este grupo formado por sacerdotes y dos laicos, aprecia no obstante contradicciones en el relato de los hechos realizado por el denunciante hasta lo actuado el día en el que tomó declaración a los detenidos, el miércoles pasado, y recrimina la tardanza en la interposición de la denuncia.
Al padre Román le imputa un delito permanente o continuado de abuso sexual en el que habría tenido lugar el aprovechamiento de una situación de «prevalimiento», así como un delito continuado de o permanente de agresión sexual con igual aprovechamiento y, además, «intimidación con suficiente intensidad y relevancia».
A ello habría que añadir, relata, diversas agravantes al tratarse de conductas que revisten «un carácter particularmente degradante y vejatorio que se realizan de manera conjunta por varias personas adultas sobre víctimas menores, especialmente vulnerables» y valiéndose de una relación de superioridad.
Igualmente le imputa un delito permanente o continuado de exhibicionismo o provocación sexual, según el auto, en el que, de las diligencias practicadas y «especialmente» de las declaraciones de la víctima y el atestado policial, el juez aprecia «motivos bastantes» para creer responsable de esos delitos al imputado, que no podrá acercarse a ninguno de los dos denunciantes a menos de doscientos metros durante seis meses.