El Tribunal Constitucional ha suspendido cautelarmente la Ley de la Agencia Tributaria de Catalunya al haber admitido a trámite el recurso que presentó contra ella el Gobierno, basado en que la norma catalana integra a los funcionarios de la agencia en cuerpos dependientes de la Generalitat.
El artículo 4 de la ley impugnada prevé la «integración voluntaria» de estos funcionarios en los cuerpos superiores de inspectores tributarios y técnicos de gestión de la Generalidad de Cataluña.
El Gobierno considera que ese precepto vulnera el derecho al acceso en condiciones de igualdad a la función pública previsto en la Constitución y el estatuto del trabajador.
La decisión del alto tribunal no prejuzga su dictamen, sino que suspende temporalmente, durante cinco meses, la norma impugnada, en tanto resuelve sobre el fondo del asunto.
El Gobierno argumenta que la ley vulnera el derecho fundamental «por el que los ciudadanos de toda la nación tienen derecho a acceder en condiciones de igualdad a las funciones y cargos públicos con los requisitos que señalen las leyes».
Asimismo, prosigue, se vulnera el artículo 103.3 de la Constitución que establece el acceso a la función pública «de acuerdo con los principios de mérito y capacidad», así como los artículos 55 y siguientes del Estatuto Básico del Empleado Público, «relativos al acceso al empleo público y la adquisición de la relación de servicio».
Por otro lado, el pleno del Constitucional ha admitido también a trámite otro recurso del Ejecutivo contra una norma catalana, que resulta de este modo suspendida cautelarmente.
Se trata del recurso de inconstitucionalidad presentado contra el impuesto catalán «sobre la provisión de contenidos por parte de prestadores de servicios de comunicaciones electrónicas y de fomento del sector audiovisual y la difusión cultural digital», una norma que según el Gobierno excede las competencias de la Generalitat catalana.