El pleno del Parlament ha aprobado las conclusiones de la comisión sobre el proceso constituyente del Parlament, consensuadas por Junts pel Sí y la CUP, pese a las advertencias del Constitucional, pues abre una vía unilateral para la «desconexión del Estado» e impulsar un «proceso constituyente».
En concreto, el punto siete de las conclusiones habla de que se «completará la desconexión con la legalidad del Estado español por medio de la aprobación de las leyes de desconexión por parte del Parlamento de Cataluña y de un mecanismo unilateral de ejercicio democrático».
El texto íntegro aprobado con los votos de Junts pel Sí y la CUP es el siguiente:
1. Actualmente, no hay ningún margen de acción para el reconocimiento del derecho a decidir del pueblo catalán dentro del marco jurídico constitucional y legal español. La única manera posible de ejercer este derecho es por la vía de la desconexión y la activación de un proceso constituyente propio.
2. El pueblo de Cataluña tiene la legitimidad para comenzar un proceso constituyente propio, democrático, de base ciudadana, transversal, participativo y vinculante, con el reconocimiento, el apoyo y el aval de las instituciones catalanas.
3. Las experiencias comparadas de otros países avalan el camino emprendido por Cataluña para ir construyendo un modelo singular de proceso constituyente, dadas las circunstancias sociales, culturales, políticas y económicas que nos son propias.
4. Hay que velar por que el marco metodológico del proceso constituyente sea consensuado, público, transparente y compartido con toda la sociedad y con las instituciones que la avalan. El proceso constituyente debe tener la capacidad de acomodar todas las sensibilidades ideológicas y sociales desde el primer momento, también a la hora de fijar los indicadores, el calendario y todas las demás cuestiones que afecten el método empleado para hacer avanzar el proceso.
5. El proceso constituyente debe constar de tres fases: una primera fase de proceso participativo, una segunda fase de desconexión con el Estado español y convocatoria de elecciones constituyentes para formar una asamblea constituyente, que deberá redactar un proyecto de Constitución, y una tercera fase para la ratificación popular de la constitución mediante referéndum.
6. El proceso participativo previo debe tener como órgano principal un Foro Social Constituyente formado por representantes de la sociedad civil organizada y de los partidos políticos. El Foro Social Constituyente debe debatir y formular un conjunto de preguntas sobre contenidos concretos de la futura Constitución, que deberán ser resueltas por la ciudadanía mediante un proceso de participación ciudadana. El resultado de esta participación ciudadana constituirá un mandato vinculante para los integrantes de la asamblea constituyente, que los deberán incorporar al texto del proyecto de constitución.
7. Después de la fase de participación ciudadana, se completará la desconexión con la legalidad del Estado español por medio de la aprobación de las leyes de desconexión por parte del Parlamento de Cataluña y de un mecanismo unilateral de ejercicio democrático que servirá para activar la convocatoria de la Asamblea Constituyente. las leyes de línea, no son susceptibles de control, suspensión o impugnación por parte de ningún otro poder, juzgado o tribunal.
8. El Parlament de Catalunya ampara el proceso constituyente que se debe llevar a cabo en Cataluña. A tal efecto, el Parlament insta al Govern a poner a disposición de la ciudadanía los recursos que sean necesarios para lograr un debate constituyente de base social, transversal, plural, democrático y abierto. Con este objetivo, el Parlamento de Cataluña tendrá que crear una comisión de seguimiento del proceso constituyente.
9. La Asamblea Constituyente, una vez convocada, elegida y constituida, dispondrá de plenos poderes. Las decisiones de esta asamblea serán de cumplimiento obligatorio para el resto de poderes públicos y para todas las personas físicas y jurídicas. Ninguna de las decisiones de la asamblea no será tampoco susceptible de control, suspensión o impugnación por ningún otro poder, juzgado o tribunal. La Asamblea Constituyente deberá establecer mecanismos para garantizar la participación directa, activa y democrática de las personas y de la sociedad civil organizada en el proceso de discusión y elaboración de propuestas para el proyecto de constitución.
10. Una vez la Asamblea Constituyente habrá aprobado el proyecto de Constitución, deberá convocar un referéndum constitucional para que el pueblo de Cataluña apruebe o rechace de una manera pacífica y democrática el texto de la nueva Constitución.
11. El proceso constituyente debe incorporar desde el inicio la perspectiva de género, de una manera transversal y con una estrategia dual, con el objetivo de romper las inercias históricas de nuestra sociedad y hacer un proceso constituyente que lo sea también para todas las personas.