Los padres que desean que su hijo se llame Lobo ya pueden inscribirle con ese nombre en el Registro Civil, después de que la Dirección General de los Registros y Notariado haya estimado el recurso interpuesto por estos progenitores contra la resolución que le denegó esa posibilidad.
Según han avanzado fuentes próximas a la Dirección General de Registros, este organismo, dependiente del Ministerio de Justicia, ha remitido al Registro Civil de Fuenlabrada (Madrid) la resolución por la que estima favorablemente el recurso presentado por los padres con el fin de que éstos puedan inscribir en el mismo al recién nacido con el nombre de Lobo.
Para comunicarles esta decisión, el director general de los Registros y Notariado, Javier Gómez Gálligo, se ha reunido esta mañana con los padres.
Gómez Gálligo ya anunció el pasado día 3 que tenía la intención de admitir Lobo como nombre para un recién nacido y que, por tanto, admitiría el recurso presentado por los padres del bebé ante esa instancia de Justicia contra la negativa del Registro Civil de Fuenlabrada a ponerle Lobo.
El Registro Civil de esta localidad madrileña denegó la petición de los padres al considerar que Lobo se trata de «un apellido común» en España, donde no se puede poner como nombre un apellido.
Pero para Gómez Gálligo, tal y como dijo en su día, «los usos sociales lo están convirtiendo en nombre y ahora en España ya tiene entidad propia como tal en la sociedad».
No obstante, el pasado día 16, los padres de Lobo denunciaron que el Registro de Fuenlabrada les había comunicado que les daba dos días de plazo para acreditar que habían presentado el recurso ante la Dirección General.
Al día siguiente, el subdirector de la Dirección de Registros contactó con los responsables del Registro de Fuenlabrada para reiterarles que esa institución les había comunicado ya la semana anterior el recurso de los padres de Lobo.