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El Tribunal de Cuentas eleva a 66.577 millones la factura del rescate a la banca

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El Tribunal de Cuentas ha elevado hasta los 66.577 millones de euros el coste de los recursos empleados en la reestructuración bancaria, lo que supone 5.859 millones de euros más que lo calculado al cierre de 2015.

Así lo manifiesta el organismo en su 'Nota de fiscalización de la situación a 31 de diciembre de 2018 del proceso de reestructuración bancaria', aprobada por el Pleno del Tribunal en su sesión del pasado 28 de noviembre y recogido por Europa Press.

La cifra estimada por el Tribunal de Cuentas es de este modo un 1,30%superior a la calculada por el Banco de España, que ha cifrado en 65.725 millones de euros -un 2,13% más de lo estimado hace un año- el coste de las ayudas al sector financiero durante la crisis hasta diciembre de 2018.

Según la fiscalización del Tribunal de Cuentas, el coste estimado correspondiente al FROB se situaba a finales del pasado año en 45.344 millones de euros, el del Fondo de Garantía de Depósitos de Entidades de Crédito (FGDEC), asumido por las entidades financieras, en 21.295 millones, mientras que el Banco de España obtiene un saldo positivo de 62 millones entre ingresos y gastos.

Esta nota efectúa una actualización de los resultados derivados de la fiscalización realizada por el Tribunal de Cuentas en su anterior informe sobre el proceso de reestructuración bancaria referida al período 2009-2015, informe aprobado el 22 de diciembre de 2016. 122.754 MILLONES COMPROMETIDOS

En total, el Tribunal cuantifica en 122.754 millones de euros el importe de los recursos comprometidos en la reestructuración por el FROB, el Fondo de Garantía de Depósitos y el Banco de España como consecuencia de las actuaciones realizadas entre 2009 y 2018,
Aproximadamente, la mitad de los apoyos se ha materializado en aportaciones al capital de las entidades y en cuotas participativas (60.247 millones), siendo Banco CAM (26.307 millones) y BFA-Bankia (22.427 millones) las entidades que más fondos públicos requirieron. De todo el importe comprometido, el FROB comprometió 77.506 millones de euros, el Fondo de Garantía de Depósitos 35.446 millones, y el Banco de España 9.802 millones.

Sin embargo, no todos los recursos comprometidos se computan como coste del proceso de reestructuración; bien porque los importes se recuperaron o se recuperarán posteriormente, bien porque no llegaron a materializarse en salidas de recursos públicos, sin contar además los ingresos obtenidos por operaciones desarrolladas durante la reestructuración (intereses o comisiones, por ejemplo).

NO SE COMPUTAN DIVIDENDOS DE BANKIA, DIRIGIDOS A PAGAR LITIGIOS

En BFA-Bankia, el Tribunal de Cuentas cifra el coste asumido en el rescate bancario en 12.864 millones de euros, diferencia resultante entre los 22.424 millones de euros aportados en capital por el FROB y el valor neto de deterioros en el que permanece en el balance del FROB a 31 de diciembre de 2018, 9.560 millones de euros.

A la hora de estimar este coste no se computan los 3.085 millones de euros obtenidos por BFA --que ostenta el 61% de Bankia y participada al 100% por el FROB-- procedentes de dividendos y de las sucesivas ventas de acciones puesto que, según recalca el Tribunal, estos fondos «se han utilizado, principalmente, para satisfacer los costes originados por contingencias legales» relacionadas con la comercialización de instrumentos híbridos y la salida a Bolsa.

Los costes asumidos por BFA por la liquidación de estos costes ascienden, a 31 de diciembre de 2018, a 3.693 millones de euros, de los que 2.589 millones derivan de arbitrajes y litigios asociados a la comercialización de híbridos y 1.104 millones de litigios asociados a la salida a Bolsa. A ese coste hay que añadir otros 124 millones «por la estimación del coste futuro para BFA de contingencias derivadas de los híbridos».

Frente a ello, los costes asumidos por Bankia hasta esa fecha computan un total de 1.013 millones de euros: 246 millones para contingencias derivadas de híbridos y 767 millones para las de la salida a Bolsa. A la hora de determinar el reparto de estas cantidades, en el caso de los litigios por la salida a Bolsa el Tribunal de Cuentas asegura que no se ha aportado documentación que justifique el reparto.

«DEBILIDADES» EN EL CONTROL AL REPARTIR COSTES EN BANKIA Y BFA

Precisamente en este reparto incide el Tribunal en su fiscalización, pues asegura que el porcentaje de reparto real, directo e indirecto que va a asumir finalmente BFA es superior al 60% del importe de las contingencias directas que, como máximo, autorizó el FROB y acordaron BFA y Bankia, ya que ese 60% del coste se incrementa en la parte asignada a Bankia por la participación de la primera sobre la segunda.

Además, detecta «debililidades» en el control a implantar por parte del FROB a la hora de formalizar y ejecutar unos convenios de reparto de costes entre BFA (participada al 100% por el FROB) y Bankia (participada en un 61% por BFA al cierre de 2018) derivados de reclamaciones judiciales.

En este sentido, el Tribunal señala que el FROB no ha realizado comprobaciones documentales de expedientes individuales para comprobar que se cumplen los límites y condiciones establecidas en los convenios de reparto, realizando únicamente comprobaciones a nivel agregado, por lo que recomienda establecer un sistema de gestión de BFA que facilite al FROB la comprobación de la determinación y el cumplimiento de las condiciones establecidos en dichos convenios.

Y es que, como señala en el informe, «el FROB carece de información detallada de cada uno de los pagos efectuados a Bankia por BFA derivados de estas contingencias legales», por lo que el Tribunal tuvo que requerir estos datos a la propia Bankia. Es personal de Bankia el que se encarga de tramitar de forma íntegra estos expedientes y controlar el procedimiento, mientras que el FROB no tiene establecido un sistema para revisar las liquidaciones individuales de los costes.

CUMPLIMIENTO DE LA NORMATIVA Y RECOMENDACIONES DEL TRIBUNAL

Por otro lado, el órgano fiscalizador certifica que el FROB, el Fondo de Garantía de Depósitos y el Banco de España han cumplido «adecuadamente» la normativa en sus actuaciones desarrolladas en el proceso de reestructuración y resolución de entidades, así como en el seguimiento y control de ejecución de los planes de reestructuración.

Asimismo, considera cumplidas las dos recomendaciones formuladas por el Tribunal de Cuentas, y asumidas por las Cortes Generales en su Comisión Mixta (Congreso-Senado), en el Informe anteriormente citado, referido al periodo 2009-2015.

En la primera de ellas, el órgano fiscalizador recomendaba al FROB aprobar un documento regulatorio del proceso que establezca sus reglas básicas para cada procedimiento de venta de entidades afectadas por procesos de reestructuración o resolución.

En cuanto a la segunda, la recomendación del Tribunal se dirigía tanto al FROB como al Fondo de Garantía de Depósitos, para que ambos fondos establecieran un sistema de contabilidad analítica que permitiera conocer de forma directa e inmediata los recursos aplicados en cada uno de los procesos de reestructuración o resolución, así como los ingresos y gastos directamente imputables a los mismos.

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