El Govern ha publicado una instrucción para recordar los casos en que prevalece la norma de prevención de riesgos sobre las medidas de ahorro energético del Gobierno central. La instrucción aclara que, por ejemplo, el umbral máximo en ocupaciones laborales no sedentarias se sitúa entre los 14 y los 25 grados, en lugar de los 19 y 27 grados que fija el Gobierno. El documento puntualiza que son los servicios de prevención de riesgos de las empresas los que deben fijar los umbrales térmicos en casos como los puestos de trabajo con temperatura del aire alta, tal es el caso de cocinas y comedores de los hoteles o restaurantes, lavanderías, fábricas de conserva o cualquier espacio laboral que requiera de una actividad física intensa.
El conseller de Model Econòmic, Turisme i Treball, Iago Negueruela, ha firmado esta instrucción, elaborada con el asesoramiento técnico del Institut Balear de Salut i Seguretat Laboral, en la que detalla los supuestos en los que la temperatura máxima variará por motivos de salud y donde la normativa de seguridad laboral prevalece por encima del Real Decreto Ley de ahorro energético. La instrucción recuerda que, como ya se venía aplicando hasta ahora, las condiciones ambientales en los espacios laborales, como la temperatura o la humedad, están reguladas por un real decreto de 1997 que establece «las disposiciones de seguridad y salud en los puestos de trabajo».
Ese decreto marca que el umbral máximo en ocupaciones laborales no sedentarias se sitúa entre los 14 y los 25 grados, en función de la actividad y el riesgo laboral para su desarrollo, y que en los locales donde se realizan trabajos sedentarios, propios de oficinas o similares, la temperatura estará comprendida entre los 17 y los 27 grados. Por tanto, serán las empresas, a través de sus servicios de prevención, las que evaluarán los riesgos laborales de los puestos de trabajo y determinarán para cada uno de ellos, así como en cada actividad y área, las temperaturas adecuadas para la seguridad y salud de los empleados.
Otros ejemplos son los puestos de trabajo expuestos a una radiación térmica elevada (fábricas de ladrillos y cerámica, plantas de cemento, panaderías, lugares con exposición directa a la radiación solar...) y las salas de máquinas del personal técnico de mantenimiento. El decreto del Gobierno, que ha entrado en vigor hoy a las 00.00 horas, también se refiere al apagado de la iluminación de edificios públicos que estén desocupados y de espacios comerciales a partir de las 22.00 horas, horario que podría ampliarse en los comercios turísticos.