El Real Decreto-ley para la revalorización de las pensiones en 2026 ha entrado en vigor este miércoles, 4 de febrero, con efectos retroactivos desde el 1 de enero, tras su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE). La norma, aprobada por el Consejo de Ministros, permite que la subida de las pensiones vuelva a estar operativa antes de su convalidación parlamentaria, garantizando que los casi 13 millones de pensionistas mantengan el incremento en sus nóminas.
La medida se produce después de que el pasado 27 de enero el Congreso tumbara el decreto ómnibus que incluía tanto la revalorización de las pensiones como el escudo social. El rechazo, con los votos de PP, Junts, Vox y UPN, obligó al Ejecutivo a separar ambos paquetes en decretos independientes. Esta estrategia busca asegurar la convalidación de la subida de las pensiones, que cuenta con el respaldo de la mayoría de los grupos parlamentarios, incluidos PP y Junts, por lo que no se esperan problemas en su tramitación en los próximos días.
Los pensionistas ya percibieron el incremento en la nómina de enero y lo seguirán recibiendo en febrero, sin alteraciones. La decisión del Gobierno de separar las medidas a última hora responde a la necesidad de blindar los derechos de los más de 13 millones de beneficiarios del sistema público de pensiones.
Incremento del 2,7% en pensiones contributivas
Las pensiones contributivas y de clases pasivas se revalorizan un 2,7% en 2026, siguiendo la evolución del Índice de Precios al Consumo. Este incremento beneficia a 9,4 millones de personas que perciben más de 10,4 millones de pensiones contributivas, además de los más de 734.000 perceptores del Régimen de Clases Pasivas del Estado. El complemento para la reducción de la brecha de género también aumenta en el mismo porcentaje.
Según los cálculos del Ministerio de Inclusión, la revalorización del 2,7% supone aproximadamente 570 euros adicionales al año para una pensión media de jubilación, mientras que las pensiones medias del sistema aumentan en cerca de 500 euros anuales. Este ajuste busca mantener el poder adquisitivo de los pensionistas frente a la inflación.
Pensiones mínimas con subida superior al 7%
Las pensiones mínimas experimentan un incremento del 7,07% en 2026, muy por encima de la revalorización de las pensiones contributivas. Sin embargo, este porcentaje se eleva hasta el 11,4% para las pensiones con cónyuge a cargo y las de viudedad con cargas familiares, en línea con el aumento aplicado a las pensiones no contributivas y al Ingreso Mínimo Vital (IMV).
La pensión mínima de jubilación para titulares con 65 años o más en hogares unipersonales alcanza los 13.106,80 euros anuales en 2026, frente a los 12.241,60 euros de 2025. En los casos con cónyuge a cargo, la cuantía asciende a 17.592,40 euros, superando los 15.786,40 euros del año anterior.
Las pensiones de vejez e invalidez (SOVI) se revalorizan también un 7,07%, situándose en 599,60 euros mensuales para las no concurrentes y en 582,10 euros mensuales para las concurrentes. La asignación por hijo a cargo o menor con discapacidad reconocida igual o superior al 65% alcanza los 5.962,80 euros anuales, mientras que para discapacidades del 75% o más se sitúa en 8.942,40 euros anuales, un 2,7% más.
Pensión máxima y base de cotización
El decreto establece la pensión máxima en 3.359,60 euros mensuales o 47.034,40 euros anuales, mientras que la base máxima de cotización se fija en 5.101,20 euros mensuales, lo que representa un incremento del 3,9% respecto a 2025. Estas cifras marcan los límites superiores del sistema público de pensiones.
Congelación de cuotas para autónomos
La norma incorpora la congelación de las cuotas de autónomos para 2026, una medida que ya estaba recogida en el decreto ómnibus rechazado. Además, los parados no tendrán obligación de presentar la declaración del IRPF, y se amplían en 10 años los préstamos concedidos a la Seguridad Social.
El texto también mantiene las tarifas para la cotización por contingencias profesionales y amplía durante un año más la posibilidad de que los facultativos de atención primaria, médicos de familia y pediatras adscritos al Sistema Nacional de Salud con nombramiento estatutario o funcionario puedan compatibilizar la pensión contributiva de jubilación con el trabajo.
Asimismo, introduce una cotización adicional para bomberos y agentes forestales, permitiéndoles adelantar la edad de jubilación con aplicación de coeficientes reductores.
Mecanismo de Equidad Intergeneracional y cuota de solidaridad
El decreto actualiza la cotización del Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI), que se eleva al 0,9% en 2026, frente al 0,8% de 2025. Esta sobrecotización, que se aplica tanto a autónomos como a asalariados independientemente del importe de su salario, se destina a nutrir el Fondo de Reserva de las pensiones.
Por su parte, la cuota de solidaridad, vigente desde 2025 y con despliegue completo previsto para 2045, consiste en una cotización adicional para la parte del salario que excede de la base máxima de cotización. Se aplica por tramos de manera progresiva.
En 2026, los tipos de cotización escalan hasta el 1,15% para el tramo de salario hasta un 10% por encima de la base máxima, el 1,25% para el tramo entre un 10% y 50% superior, y el 1,46% para el tramo con salarios que superan más de un 50% la base máxima. En 2025, estos porcentajes fueron del 0,92%, el 1% y el 1,17%, respectivamente.
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