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OPINIÓN | Antonio Villalonga Juan

Sobre el reglamento mordaza

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El Ayuntamiento de Eivissa ha aprobado inicialmente un Reglamento Mordaza. Una antidemocrática norma que aunque en apariencia pretende regular la duración de los Plenos y gestionar los Grupos Municipales (algo totalmente necesario), en realidad trata de limitar sin consenso alguno, a grupos minoritarios como el nuestro para que no cumplan con su deber de servir a la ciudadanía mediante la formulación de propuestas y control al equipo de gobierno.

Esta fascista norma que el Primer Teniente de Alcalde, Sr. Molina (imputado por corrupción en el caso ‘Eivissa Crea'), intenta vender con engañosas palabras a la opinión pública, reduce por igual los tiempos de intervención en las sesiones Plenarias a todos los grupos de la oposición (algo lógico), pero también limita el número de propuestas al número de concejales de cada grupo municipal, con un mínimo de dos.

Para que se hagan una idea de lo que supone, el PP con ocho concejales (media de 6 mociones por Pleno) y las mismas áreas que nosotros (urbanismo, cultura, medio ambiente, deportes, movilidad, etc.), podrá presentar 8 mociones por Pleno. En cambio, nuestro grupo (media de 5 mociones por Pleno), sólo podrá presentar 2. ¿No le parece que hay una ligera discriminación?

Para evidenciar la mala intención de esta norma, veamos por ejemplo lo que sucede en otros Ayuntamientos de España que efectúan restricciones Plenarias, en los que habitualmente se limita o el tiempo o las mociones a presentar. En este último caso, generalmente todos los partidos de la oposición pueden presentar el mismo número de propuestas, y en los supuestos en los que dicho número se determine en base a la cantidad de concejales, la diferencia es como máximo de dos propuestas. Por ejemplo, en el Ayuntamiento de Málaga el mínimo son cuatro mociones, incrementándose el número en los grupos con más de ocho concejales en una moción por cada dos concejales que sobrepasen dicho número. Así, IU (2 concejales), puede presentar cuatro mociones, y el PP (13 concejales), puede presentar 6 (diferencia de 6-4=2). En cambio «curiosamente» en Eivissa, tenemos la diferencia más extrema de toda España entre partidos en la oposición, PP 8 – EPIC 2 = 6. Un poco extraño que se limite al que trabaja, ¿no?

Como comprenderá el lector, la explicación de esta y otras discriminaciones que puede consultar en mcepic.org, es sencilla: reducir al disidente, al que no traga con la mala gestión municipal, al que critica las mentiras e hipocresías, al que reprocha las falsas promesas electorales, al que documentadamente denuncia la corrupción y corruptelas familiares, al que presenta propuestas incómodas, al que cuestiona las chapuzas, al que pone el dedo en la llaga, en definitiva, al que con aciertos y/o errores, prioriza de forma independiente a la ciudadanía frente a la suciedad política enquistada en nuestra política local.

Sr. Alcalde Rafael Ruiz tenga bien claro que con esta antidemocrática norma, lo único que está consiguiendo es mostrar abiertamente su actitud y forma de hacer política a la ciudadanía; progre por fuera y facha por dentro. Por cierto, por si tuviera dudas, nunca nos rendiremos.

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