Al final, han cumplido. Vicent Marí y Mariano Juan ayer dieron a luz a la prometida modificación del PTI. Aunque se han tomado con calma cumplir con su principal baza electoral, la espera ha valido moderadamente la pena.
La norma prohíbe el alquiler turístico en suelo rústico, con la salvedad de las casas payesas, que se podrán alquilar durante 60 días al año, aplicando numerosas medidas de eficiencia hídrica. Es un premio de consolación para los propietarios que sufren la normativa de patrimonio que trata los corrales como iglesias y amenaza con cárcel al que ose abrir una ventana.
Mejora el régimen de segregaciones con nuevos supuestos entre abuelos, tíos o hermanos, permitiendo también segregar con construcciones cuya infracción esté prescrita. La norma es valiente estableciendo que no computarán los m2 de sótanos con ciertos usos, prohibiendo jardines tropicales o el vaciado de piscinas. Incluso prohíbe construir nuevas viviendas ubicadas sobre acuíferos en mal estado.
Pero también se queda corta en algunas reivindicaciones esperadas, pues no se ha alterado la inedificabilidad del Suelo Rústico Común Forestal ni los ARIP incluidos en APR de Incendios. Llama la atención que uno pueda construir en suelo rústico protegido (ARIP fuera de APR) pero no pueda hacerlo en una categoría que no goza de protección alguna: el SRC-Forestal. Las ANEI seguirán sin poderse computar. Es decir, la administración le ha expropiado gratis: esos metros no valen, no los puede computar aunque en la misma finca sí tenga una calificación que le permita construir la casa de su hija.
Hay más luces que sombras. Es una norma que sienta criterios de ordenación territorial razonables, garantistas con el medio ambiente y respetuosos con los derechos de las familias.
Ale vengaaaa!!! Es una merde de norma que no deixa content a ningú i domés veis bé es 4 apesebrats....feis ganes de riure....