El Tribunal Superior de Justicia de Balears (TSJB) ha dictado una sentencia que anula la moratoria aprobada por el Consell de Mallorca en la que se prohibió la construcción de 74 urbanizaciones en la Isla. La sentencia da la razón de esta forma a la entidad Zarpimi S.A. cuyo proyecto de campo de golf con oferta complementaria en la zona de sa Vinyola (Campos) fue paralizado por el Consell.
A lo largo de toda la sentencia, el TSJB insiste en que la institución insular no tenía competencias para acordar esta suspensión. La sentencia recoge que, en las fechas en que se adoptó el acuerdo "noviembre de 1998" la única competencias transferida era Urbanismo y Habitabilidad, cuando tanto las Directrices de Ordenación del Territorio como los planes territoriales parciales son instrumentos de ordenación del territorio.
«Por ello, el Consell Insular no pudo elaborar unas normas cautelares en base a una inexistente y genérica atribución de competencias en materia de ordenación del territorio ni en base a entender que la adopción de tales medidas se hacía dentro del ámbito propio del urbanismo», señala. El texto añade que la intervención del Consell en la elaboración de las DOT se limita a emitir un informe, por lo que la institución insular no podía elaborar medidas cautelares previas a las directrices. Lo mismo sucede con la adopción de medidas cautelares para la redacción de los planes territoriales, ya que el Consell tampoco tenía competencias para la elaboración de estos planes.
«En conclusión, el Consell Insular de Mallorca, en la fecha en la que se dictó el acuerdo impugnado, no tenía atribuidas las competencias genéricas en materia de ordenación del territorio ni tampoco competencias específicas para la elaboración de los instrumentos de ordenación», añade la sentencia, que concluye que, por todo ello, el Consell «carecía de competencias para adoptar medidas cautelares para asegurar la correcta elaboración de unos planes que no le correspondía elaborar».