La Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Balears ha ratificado la sentencia de 20 de noviembre de 2001 por la que declaraba nula la licencia otorgada en abril de 1997 por el Ayuntamiento a la sociedad Baloo Music S. A. para la construcción de una vivienda unifamiliar aislada en la finca rústica Can Guillem de Santa Agnès y obligaba al Consistorio a «la restauración de la legalidad urbanística infringida inclusive con la demolición de la obra».
En la sentencia, de fecha 22 de noviembre de 2002 y resultado de las apelaciones del Ayuntamiento y de la empresa -vinculada al músico Michel Cretu-, se confirma expresamente la decisión de que el chalet ha de demolerse y, además, se declara nulo el acuerdo de la comisión de gobierno municipal por el que se otorgó la licencia de obras menores para la apertura de acceso a los trabajos que se iban a desarrollar en la finca. Este último pronunciamiento es fruto de otro recurso de apelación interpuesto por el Grup d'Estudis de sa Naturalesa (GEN), denunciante de este caso. Su presidente, Joan Carles Palerm, anunció ayer en rueda de prensa el contenido de esta sentencia.
El presidente del GEN mostró su satisfacción por el fallo y subrayó que a partir de esta sentencia «cambian muchas cosas en Balears», ya que, por ejemplo en ella se advierte de que para construir un camino en un paraje protegido no basta con una licencia de obras menores, como la que dió el Ayuntamiento. Para Palerm, «esto ha de servir de aviso a los ayuntamientos, pues no se puede seguir actuando en urbanismo como si todo valiera, como si esto fuera una república bananera». A su juicio, «se saltaron a la torera todos los requisitos».