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Bar propone reformar el reglamento de transporte aéreo para las personas con movilidad reducida

El diputado socialista pretende alcanzar una norma «más justa» para los afectados

| Eivissa y Formentera |

El diputado del grupo parlamentario socialista José Manuel Bar presenta hoy en el Congreso una Proposición No de Ley en la que pide que se inste a la Unión Europea a la reforma del reglamento sobre los derechos de las personas con movilidad reducida en el transporte aéreo. El objetivo es que se adopten las medidas necesarias para que los pasajeros con movilidad reducida reciban una indemnización equivalente al coste de la sustitución o reparación de la ayuda técnica (sillas de ruedas, muletas, etc.) cuando ésta haya sido perdida, dañada o quedado inutilizada en el transporte por la compañía aérea y sin que ésta previsión comporte gasto adicional alguno sobre el precio del billete para el pasajero con discapacidad.
Bar añadió que, para las personas con ciertos tipos de discapacidad, sus desplazamientos, el mero acceso a determinados medios de transporte, suponen frecuentemente múltiples dificultades, cuando no impedimentos reales, ya sean físico, a veces burocráticos y muchas veces de carácter económico. En cualquier caso, «el riesgo del daño que se pueda producir, ya no en la persona con discapacidad que viaja, sino en los útiles o medios mecánicos de los que tienen que valerse de modo imprescindible, no se encuentra debidamente protegido» ya que sin esos medios, «por su pérdida, destrucción o deterioro, la movilidad se hace sencillamente imposible, por lo que precisa de su inmediata restitución», explicó el diputado.
Responsabilidad
En este sentido, cuando esos medios, que en el caso de los aviones no tienen otra posibilidad de ser trasladados si no es a través de su facturación, la normativa vigente los protege (en cuanto a derechos indemnizatorios por extravío, deterioro o retraso en sus entrega) como meros equipajes. Así, indicó José Manuel Bar, el Convenio de Montreal (en vigor en España desde el 28 de junio de 2004) establece que la responsabilidad del transportista se limita a poco más de 1.200 euros. Y ello, salvo que el pasajero haya hecho al transportista, al entregarle el equipaje facturado, una declaración especial del valor de la entrega de éste en el lugar de destino, y haya pagado una suma suplementaria.
Vistas las dificultades que se vienen encontrando muchos viajeros con discapacidad, indicó el diputado, «parece urgente y necesario establecer por norma criterios más justos y homogéneos, en el marco de la regulación europea existente».

La propuesta nace a partir de la petición de la madre de un niño discapacitado

Bar reconoció que esta Proposición No de Ley surgió a raiz de la queja que le llegó de una familia. Según el diputado, la madre viajó con su hijo que sufre una discapacidad del 98% y la silla de ruedas, que por las circunstancias del pequeño «era muy cara». Facturaron la silla de rueda y se la devolvieron «destrozada». A partir de ahí la madre sufrió un «calvario», según Bar, para ponerse en contacto con las compañías aéreas y para que finalmente le realizaran una indemnización de 1.200 euros, «cuando la silla de ruedas, si tiene que comprarse otra, le cuesta unos 6.000 euros». A partir de aquí, Bar inició una investigación y descubrió que la normativa vigente es insuficiente en «un aspecto tan importante».

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