La Audiencia Nacional ha dado la razón a una propietaria de Sant Antoni y ha obligado al Ministerio de Medio Ambiente a anular un tramo del deslinde de Costas aprobado en 2007 para dejar la línea tal y como estaba en 1971.
Según se detalla en la sentencia, la recurrente, que tiene tres fincas en la zona de Cala Salada, alegó que no estaba justificada la delimitación que se aprobó en 2007 para la costa de Sant Antoni en lo que se refiere a su terreno porque consideraba que hasta ahí no llegan los temporales y prueba de ello es que «existen plantaciones desde hace muchos años con especies arbóreas que no se han estropeado». Es por eso por lo que considera que la línea de deslinde debe situarse más hacia el mar donde no exista vegetación.
Según el tribunal, la prueba pericial «exhaustiva» realizada en la zona revela que las olas, incluso en los mayores temporales, no alcanza la costa al haber un acantilado de 10 metros. Asimismo, el islote sa Conillera situado frente a Cala Salada hace que los temporales del sur no tengan incidencia en esta zona del litoral pitiuso.
«Poco convicente»
La Audiencia Nacional llega a decir que esta completa prueba pericial aportada durante el litigio «desvirtúa las genéricas afirmaciones y poco convicentes estudios en los que se basa la Administración», y remarca que en la coronación del acantilado hay muchas zonas cubiertas con vegetación gimnosperma que indican que el mar no afecta para nada ese lugar.
Por todo ello, la Audiencia Nacional anula el deslinde de 2007 en estos terrenos, situados entre los hitos 444 y 448.