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Caso Nóos

Urdangarin afirma que con la fianza sufrirá un «injusto empobrecimiento»

El duque de Palma, Iñaki Urdangarin, en su declaración del pasado mes de febrero de 2012. | Ballesteros - URDANGARIN REGRESA

| Palma de Mallorca |

El Duque de Palma, Iñaki Urdangarin, considera que en el caso de que finalmente devenga firme la fianza de casi 8,2 millones de euros impuesta por el juez instructor del caso Nóos contra él y su exsocio Diego Torres, se vería abocado a un «injusto empobrecimiento» y se produciría un «enriquecimiento injusto» para los beneficiarios de la anterior cantidad.

Así lo expone en el recurso de reforma, al que ha tenido acceso Europa Press, que el imputado ha interpuesto contra el auto de responsabilidad civil dictado por el titular del Juzgado de Instrucción número 3 de Palma, José Castro, para garantizar las posibles responsabilidades pecuniarias que se deriven de este proceso judicial. Tanto Urdangarin como Torres tienen hasta esta medianoche para hacer frente al pago de la caución.

Y es que, según la defensa del Duque, éste se vería «abocado a garantizar a favor de terceros importes que previamente se han abonado tanto a la Hacienda pública como a proveedores y trabajadores relacionados bien con los Congresos de Baleares, bien con los de Valencia».

«Se insiste en la convicción y postura procesal de que a mi mandante no se le debe aplicar fianza alguna de responsabilidad civil provisional derivada de la imputación de determinados delitos», asevera el letrado Mario Pascual Vives, quien recuerda que del Instituto Nóos «sólo percibió la sociedad Aizoon -de la que Urdangarin es copropietario al 50 por ciento junto a la Infanta Cristina-, durante los años 2004 y 2005, el importe bruto total de 706.932 euros».

A juicio del letrado, la cantidad decretada «resulta desproporcionalmente excesiva» y, en caso de resultar la definitiva, «supondría que ninguna de las facturas emitidas por los responsables de las diferentes sociedades y asociación afectadas y aportadas por la defensa de don Diego Torres, y pagadas a terceros, no se computasen, descontándose de la anterior cantidad».

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