El juez instructor del caso Nóos, José Castro, apunta, en el auto mediante el que ha acordado la imputación de la Infanta Cristina, que «todo parece indicar que estaba consensuado que la única función» de la hija del Rey Don Juan Carlos y del secretario de las Infantas, Carlos García Revenga, en la directiva del Instituto Nóos, era la de una «utilitarista figuración».
Todo ello, según la resolución judicial, en la medida en que sus nombramientos por parte de los responsables de la entidad «no lo fueron en atención a sus capacidades puesto que, por mucho que les sobraran, ninguna de ellas estaban llamados a desplegar» y, de hecho, ni siquiera «las desplegaron en el seno de la junta directiva del Instituto en sus calidades de vocal y tesorero».
Tal y como incide el magistrado en su auto, de 18 páginas, «está fuera de discusión» que la mujer del Duque de Palma, Iñaki Urdangarin, y García Revenga «prestaron su consentimiento a que usaran sus nombres, tratamiento y cargo», pues «no cabe imaginar que pudiera hacerse de otro modo», si bien asevera que «aún dándolo como cierto, ello no convertiría sin más esa intervención en delictiva».
Al hilo de lo anterior, el juez apunta que «no se acaba de entender» que García Revenga «cuando menos no participara a Doña Cristina de Borbón que su esposo estaba obteniendo un trato privilegiado».
Recomendaciones del Rey sobre Nóos
Por otro lado, el juez Castro, asevera en el auto «que no se acaba de entender que S.M. El Rey no comentara con su hija las críticas o recomendaciones que había hecho llegar o proyectaba hacer a su marido» para instarle a desvincularse del Instituto Nóos.
«E incluso que consensuara con ella su alcance y el compromiso, expreso o tácito, de que de alguna manera velara por su cumplimiento lo que le debería haber llevado a Doña Cristina a la conclusión de que las recomendaciones de su padre no se estaban siguiendo y cuestionar al respecto la actitud de su marido», expone el juez.
Castro ha imputado a la Infanta Cristina porque considera que hay indicios de que pudo consentir que su parentesco con el rey fuera utilizado por Iñaki Urdangarin y su socio, Diego Torres, en las actividades de Nóos, lo que podría constituir un supuesto de «cooperación necesaria» o «complicidad» en los delitos supuestamente cometidos.
Descrédito de la igualdad ante la Justicia
En el auto de 18 páginas, el juez José Castro señala que no despejar en la instrucción del caso la duda de si conocía la aplicación que hacía Urdangarin de su presencia como vocal en el Instituto Nóos y en la empresa Aizoon SL, sería «un cierre en falso en descrédito de la máxima de que la Justicia es igual para todos».
El juez Castro señala que dejar que esa «incógnita se perpetúe» sería, además, una contradicción con la práctica cotidiana de los juzgados y tribunales.
El juez detalla en su escrito catorce indicios que hacen dudar de si la Infanta conocía el uso de su presencia como vocal en Nóos y de su participación al 50 % con su marido en la inmobiliaria Aizóon, que proceden de la declaración del exsocio de Urdangarin, Diego Torres, de los numerosos correos electrónicos aportados a la causa y tras escuchar la versión dada por el secretario de las infantas, Carlos García Revenga.
Añade que si bien esos indicios por sí solos y considerados de forma aislada carecen de «peso suficiente para sustentar una imputación» de la infanta y no constituyen «indicios racionales» de que «interviniera activa y decididamente» en la gestión cotidiana de Nóos y Aizoon, sí indican que «bastaba con que prestara su consentimiento a que su parentesco con S.M. el rey fuera utilizado».