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Santa Eulària aprueba la norma que regulará la creación de discotecas en el municipio

Foto de archivo. Pleno del ayuntamiento de Santa Eulària. | ARCHIVO

| Santa Eulària |

El Ayuntamiento de Santa Eulària ha aprobado de manera definitiva la modificación número 7 de sus Normas Subsidiarias, que permitirá modificar y regular la implantación de discotecas, cafés concierto, salas de fiesta y de baile en el municipio.

Según han informado en pleno, ahora las zonas de uso residencial o industrial quedarán libres de la implantación de nuevas actividades de este tipo y sólo las podrán acoger áreas consideradas como de uso turístico o comercial-turístico.

Esta normativa llega tras la adopción, hace más de un año, de una moratoria en la creación de estos negocios, cuyo objetivo era evitar situaciones que afectaran a la convivencia y desvirtuasen el modelo turístico del municipio, basado en la tranquilidad, calidad y orientación hacia el segmento familiar.

El alcalde Vicent Marí ha destacado que la normativa «blinda nuestro modelo turístico y supone convertir en norma lo que se ha hecho hasta ahora y que ha servido para definir lo que queremos como municipio y zona turística».

Según han explicado fuentes municipales, la normativa aprovecha la capacidad que reconoce la Ley Turística de 2012 para fijar qué actividades turísticas complementarias están permitidas y cuáles no. Así, se prohíben las actividades permanentes recreativas con aforos de más de 500 personas o, en el caso de establecimientos turísticos, con un aforo superior al número de las plazas turísticas que tiene reconocidas.

Asimismo, cuando sean actividades aceptadas, no podrán llevarse a cabo al aire libre, excepto en zonas donde el uso turístico es predominante, no podrán superar los 400 metros cuadrados de superficie y no podrán tener viviendas en pisos superiores.

El Ayuntamiento ha destacado que estas limitaciones afectan a nuevos establecimientos, no a los que tienen licencia en vigor y, en ningún caso, una nueva autorización implica no tener que respetar limitaciones horarias o de contaminación acústica fijadas.

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