Una condena que para Jaume Matas tiene aire de absolución. La Sección Primera de la Audiencia Provincial ha impuesto una pena de ocho meses de inhabilitación al expresident por prevaricar al imponer de forma arbitraria la contratación de los arquitectos que se encargaron del Palma Arena. Sin embargo, le absuelve del delito de fraude por el que las acusaciones le reclamaban tres años de cárcel y no considera que exista ninguna responsabilidad económica: la Fiscalía y el Govern le reclamaban 685.293 euros. En la misma línea, el exdirector general de Deportes, José Luis Ballester, recibe una condena de cuatro años de inhabilitación.
El tribunal aprecia el «caos e irresponsabilidad» de Matas y Ballester «a la hora de construir una infraestructura sin contar con una idea clara y definida de lo que se quería construir de o que ese proyecto podría costar». Sin embargo, concluye que, a pesar de esta forma de actuar «sobre la marcha», no quedó demostrado en el juicio el perjuicio causado al Govern.
Así, los magistrados echan en falta pruebas de que los arquitectos no fueran contratados por el valor de mercado. Los peritos que declararon en el juicio concluyeron que lo norma es que se cobre un porcentaje de las obras y eso ocurrió así tanto en el caso de Ralph Schürmann como en el de los hermanos García Ruiz. «No podemos concluir que la administración se haya visto sometida a un comportamiento susceptible de causarle un perjuicio», apuntan.
Atenuante
La sentencia tiene otro aspecto positivo para Matas: reconoce un atenuante cualificado por retrasos en la tramitación de la causa. El tribunal considera que, aunque se tratara de dos piezas de un caso complejo como el Palma Arena, eran asuntos sencillos que no está justificado que tardaran siete años en llegar a juicio.
La sentencia, como ha ocurrido siempre hasta ahora, rechaza la versión de Matas de que él no intervenía en las decisiones concretas, como el acusado sostuvo en el juicio: «No tenemos ninguna duda de que fue quien autorizó la contratación», tanto de Schürmann como de los García Ruiz. «El consorcio era dirigido de facto por dos personas», Matas y Ballester, afirman los jueces, que detallan como «consciente y deliberadamente», no se siguió «ninguna de las normas que rigen la contratación pública».
La defensa de Matas, ejercida por el letrado Josep Zaforteza, no obstante, estudiará recurrir el fallo ante el Supremo. La Audiencia ha rechazado una cuestión previa sobre si el juez instructor intervino en el caso antes de que le fuera repartido. La consecuencia de que se admitiera ese recurso sería la nulidad de todo el Palma Arena.