El Ayuntamiento de Sant Antoni ha notificado al propietario de la vivienda situada en el número 2 de la calle General Gotarredona, conocida como el ‘chalé patera', que el inmueble será precintado el 30 de abril a las 12.00 horas de conformidad con lo previsto en la Ley 2/2014, de ordenación y uso del suelo.
El Consistorio ordenó el verano pasado «la suspensión de todos los actos de parcelación urbanística, urbanización, construcción o cualquier otro de transformación o uso del suelo, del vuelo o del subsuelo» en este emplazamiento. El pasado diciembre la Junta de Gobierno del Consistorio adoptó un acuerdo para la demolición de la reforma de la vivienda existente de 333 metros cuadrados, de la ampliación de 436 metros y del cambio de uso de almacén a vivienda de otros 103 metros edificados. Además, dicho acuerdo impedía definitivamente los usos a los que hubieran dado lugar dichas obras. La Junta de Gobierno desestimó en febrero el recurso de reposición presentado por el administrador de la entidad titular de esta vivienda. Ahora, constatado el incumplimiento de la orden de suspensión de todos los actos de uso del suelo y comprobado que la edificación se sigue dedicando al alquiler de habitaciones, el departamento de Urbanismo y Actividades ha resuelto precintar el uso que se viene desarrollando en este inmueble, según explicó el Ayuntamiento de Sant Antoni a través de un comunicado.
El incumplimiento de la orden de suspensión dará lugar, mientras persista, a la imposición de sucesivas multas coercitivas. Asimismo, el Consistorio dará cuenta de la situación al Ministerio Fiscal en cumplimiento del artículo 556 del Código penal.
La Corporación colocó ayer un cartel informativo a la entrada de la vivienda para que todos sus posibles ocupantes tengan conocimiento del precinto que se llevará a cabo el día 30 y puedan proceder a su desalojo.
El propietario de este ‘chalé patera' explicó el pasado mes de febrero que entre 2002 y 2005 llevó a cabo una ampliación de la vivienda «de unos 180 m² sin permiso de obras», pero que estos trabajos «entran dentro de los parámetros urbanísticos, han prescrito y estamos acabando un proyecto de legalización». También admite haber añadido «unas estructuras ligeras y toldos que exceden en ocupación a los permitidos» que, no obstante, «no deberían considerarse como obra, pues son fácilmente desmontables y están en el exterior de la vivienda». El propietario de la vivienda también explicó que remitió un informe al Ayuntamiento de Sant Antoni en el que se explicaba que la casa «cumple con todas las condiciones de habitabilidad y seguridad» que establece el decreto 145/1997 de 21 de noviembre y que, por lo tanto, sus huéspedes no viven hacinados en su vivienda. Según este estudio, facilitado por Agustín Sales, su vivienda tiene capacidad para albergar 55 plazas en 42 dormitorios, 29 de los cuales individuales y 13 dobles. Sin embargo, el propio propietario reconoce haber albergado en su interior hasta 104 personas, incluidas él y su pareja. En cuanto a los beneficios que obtiene por alquiler las habitaciones, asegura que por cada habitación cobra entre 300 y 375 euros por persona y hasta 500 euros por habitaciones individuales, un precio «más que razonable», para él. En este sentido, asegura que en 2016 tuvo unos ingresos por alquileres de 174.000 euros que, tras haber descontado impuestos y gastos, se quedaron en 43.300 euros de beneficios. «Una cifra escasa teniendo en cuenta la inversión y la cantidad de trabajo que aquí realizamos dos personas», afirmó Agustín Sales.