Alrededor de unos 230 pacientes de las Pitiusas, 229 del hospital Can Misses y uno de Formentera, que llevan más de seis meses a la espera de que les llamen para operarse pueden elegir otro centro para intervenirse. Así lo contempla el decreto de garantía de demora aprobado el pasado viernes en el Consell de Govern en el que se establecen los plazos máximos en los que los usuarios de la sanidad pública tienen derecho a recibir la asistencia sanitaria especializada programa y no urgente. El decreto afecta a los pacientes que esperan más de 180 días para una intervención quirúrgica, 60 para las primeras consultas externas y pruebas diagnósticas y 180 para segundas consultas diagnósticas derivadas de una primera consulta, una de las novedades incluidas en el decreto que fue derogado la anterior legislatura.
Los pacientes afectados pueden solicitar a la Conselleria de Salut ser atendidos en centros concertados con la administración pública.
Según los datos del portal de Transparencia del Servei de Salut, el número de pacientes que estaban ayer en lista de espera para una operación y pendientes de ir al especialista que cumplen los requisitos para acceder al decreto de garantía de demora es de 882, aunque la cifra real es más elevada ya que no se incluyen los datos de los afectados por pruebas diagnósticas y segundas consultas. La cifra, no obstante, cambia ya que los datos se van actualizando periódicamente. De estos 882 pacientes, 230 esperan más de seis meses una intervención quirúrgica, la mayoría de ellos en Can Misses, salvo uno que es usuario del Hospital de Formentera. Respecto a los usuarios con demora en consultas externas en un periodo superior a 60 días, un total de 577 son de Can Misses y 75 de Formentera los que esperan para ser atendidos por un especialista.
Las personas que superan los plazos máximos aplicados en el decreto pueden dirigirse al servicio de atención al paciente para solicitar su aplicación. Una vez presentada la solicitud, el Ibsalut tendrá que dictar y notificar una resolución en el plazo de diez días. El paciente tendrá un plazo de diez para aceptarlo. Si el paciente decide cambiar de centro, el Servei de Salut está obligado a prestar de manera efectiva la asistencia sanitaria en el centro ofrecido y pagar los gastos derivados de la asistencia sanitaria en los centros concertados.