El Ayuntamiento de Sant Antoni reconoció ayer que tendrán que indemnizar a la propiedad del chiringuito de Cala Gració –Bambagás S. L.– tras el informe emitido por el Consell Consultiu, en el que se le da la razón a la empresa y se confirma como válida la licencia de actividad que emitió el anterior equipo de gobierno de Sant Antoni el año pasado. «Ha dicho que la licencia estaba bien dada y, ahora, está en manos de los servicios jurídicos del Ayuntamiento», matizó el alcalde Marcos Serra.
De momento, lo que sí que avanzó es que el kiosco podrá abrir sus puertas la próxima temporada porque «le queda un verano más». En este sentido, cabe recordar que Demarcación de Costas autorizó la instalación del chiringuito por cuatro temporadas.
Siguiente paso
Tras el dictamen del Consultiu, se cierra el proceso de revisión de la licencia que inició el Consistorio portmanyí en abril de este año y, por tanto, ya no existe la posibilidad de declarar la licencia nula de pleno derecho. La fase que se abre ahora se centra en la interposición por parte de la empresa de un contencioso-administrativo para reclamar las pérdidas imputables a dos veranos no trabajados. El pasado mes de mayo, Bambagás presentó una reclamación patrimonial por «daños y perjuicios» por valor de 675.412,89 euros por no poder abrir puertas durante la temporada pasada.
El Ayuntamiento de Sant Antoni disponía de un plazo de seis meses para contestar esta reclamación patrimonial y el plazo se ha agotado, por lo que el siguiente paso que dará previsiblemente la empresa es la interposición del recurso contencioso-administrativo sumando, además, las pérdidas computadas de este año. Según ha podido saber este periódico, la cantidad que la promotora del chiringuito de Cala Gració reclamará a Sant Antoni superará el millón de euros por las dos temporadas que no han podido trabajar. Sobre la indemnización que pide la propiedad, el Ayuntamiento afirmó que «los propietarios pidieron una indemnización y así estamos, con una licencia que no quisimos dar y una indemnización que nos reclaman y que habrá que pelear», subrayó Serra, al tiempo que indicó que «espero que no sea un palo muy grande para las arcas municipales, que no sea un golpe muy duro».
El primer edil sostuvo que este tema se tratará en el pleno de diciembre, pero, de momento, «no tenemos más remedio que dejar que se instale y atenernos a las consecuencias». Cabe destacar que, por el momento, no se han producido contactos entre la empresa Bambagás y el nuevo equipo de gobierno de Sant Antoni.
La empresa tiene previsto abrir el chiringuito de cara a la temporada de 2020, pero existe cierta incertidumbre sobre cómo actuará el nuevo Consistorio, y si se mostrará prudente o no, a la vista de las actuaciones del anterior equipo de gobierno, que un día antes de que entrara en vigor la nueva Ley de Actividades aprobó en pleno iniciar el procedimiento de revisión de oficio para declarar nula la licencia con la intención de paralizar la actividad del chiringuito esta temporada pasada.
Procedimiento penal
En paralelo al proceso administrativo se encuentra el penal. El que fuera alcalde de Sant Antoni en la pasada legislatura, Pep Tur Cires, tuvo que comparecer ante el titular del Juzgado de Instrucción número 1 de Ibiza en octubre de 2018 después de que se admitiera a trámite la denuncia presentada por la propiedad del chiringuito por un presunto delito de prevaricación. Además del exalcalde portmanyí, también declararon ante el juez la exconcejala de Urbanisme, Cristina Ribas, y dos técnicos municipales.
EL APUNTE
La propiedad presentó alegaciones en el mes de mayo
Bambagas S. L. presentó una serie de alegaciones al Ayuntamiento de Sant Antoni en el mes de mayo en las que indicaba que el permiso de instalación y obra concedido, por acuerdo de la Junta de Gobierno Municipal en abril de 2018, era conforme al ordenamiento jurídico y, por tanto, no había causa legal que justificara la revisión de oficio.
También expone que el informe legal emitido por el Consell d'Eivissa, «administración independiente a la municipal», no coincide con el argumento legal que utilizan los anteriores informes de los juristas encargados por el Ayuntamiento para justificar una supuesta nulidad del acto administrativo.
Incide, por otra parte, en el interés municipal de revisar el acta a raíz de la «alarma social» que provocó la concesión del permiso. «Los representantes políticos se han de regir, estrictamente, por el ordenamiento jurídico y no por reacciones públicas».
Otra alegación se refiere a la calificación del suelo. Según recalcan, el PGOU de Sant Antoni califica estos terrenos como suelo no urbanizable «paraje preservado», mientras que el PTI de Eivissa (elaborado con posterioridad) ha clasificado el suelo de la costa de Cala Gració como no urbanizable en régimen general. «La Norma 6 del PTI prevé que los ayuntamientos puedan ajustar los límites de estas categorías, pero Sant Antoni no lo ha hecho en los 13 años de vigencia del PTI».
Además, recuerdan que es una instalación temporal de bajo impacto ambiental. «Es una actividad plenamente integrada en el entorno, por lo que su impacto visual sobre el paisaje es prácticamente nulo».