El juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Palma ha avalado la multa impuesta por el Ayuntamiento de Sant Josep contra la titular de una vivienda situada en Cala Tarida donde se celebró una fiesta que originó «graves molestias a los vecinos».
Según ha explicado el Consistorio en un comunicado, una vez que la Policía Local constató los hechos, se instruyó el correspondiente expediente de infracción contra la propietaria, quien durante todo el proceso ha cuestionado que se la pudiera responsabilizar de lo sucedido.
Con su sentencia, la jueza avala ahora que el propietario ostenta una responsabilidad solidaria de los hechos. Con este argumento, ha confirmado la sanción de 6.000 euros y condena a la recurrente a pagar las costas procesales. La resolución judicial establece además que no se puede presentar recurso ordinario contra esta sentencia. El teniente de alcalde de Gobernación, Ángel Luis Guerrero, manifestó ayer que la resolución deja claro que un propietario no puede desentenderse de lo que sucede en su vivienda, y menos cuando afecta a los vecinos. La sentencia, según el edil, da armas al Ayuntamiento de Sant Josep para perseguir comportamientos no deseados, especialmente en relación con las viviendas destinadas al alquiler turístico. Según Guerrero, en el Ayuntamiento «somos muy conscientes» del efecto sobre la convivencia de estos comportamientos «y los seguirán atacando con toda la dureza que permite la ley».
En un comunicado, el Consistorio josepí ha recordado que la magistrada ha confirmado la sanción que fue impuesta después de haber examinado la demanda interpuesta por la propietaria contra la desestimación del recurso de reposición en relación al decreto de alcaldía de marzo del pasado año.
En septiembre de 2018, ha recordado el Ayuntamiento, la Policía Local de Sant Josep tuvo que desplazarse a esta vivienda de Cala Tarida tras las molestias que ocasionó la celebración de una fiesta, que provocó una «alteración grave de la convivencia», según recogieron los agentes en el informe.
Los policías denunciaron al responsable de los hechos, supuesto organizador de la fiesta, pero en la tramitación del expediente de infracción la responsabilidad recayó también sobre la propietaria.
En esta sentencia de la jueza, que sienta un precedente que se podría aplicar en situaciones similares, se destaca que la propietaria es «persona responsable» de lo sucedido y se asegura que no ha habido «ninguna indefensión» para la recurrente durante el proceso judicial.