El Ayuntamiento de Sant Antoni ha anunciado este martes el inicio de un expediente sancionador a uno de los locales inspeccionados este lunes por la noche «al quedar acreditada la manipulación del limitador, incumpliendo lo establecido en el artículo 44.2 de la Ordenanza Municipal Reguladora del Ruido y las Vibraciones, por lo que no se podría asegurar el cumplimiento de los límites de transmisión sonora ni en el exterior ni en el interior del local. Según la Ley 1/2007, contra la contaminación acústica de las Illes Balears, supone una infracción grave al existir un incumplimiento de las condiciones establecidas en materia de contaminación acústica» han explicado desde el Consistorio.
A la espera de la resolución del expediente, la sanción por infracción grave conlleva una multa económica que podría ser de hasta 12.000 euros o la suspensión de las instalaciones por un periodo máximo de dos años. Como medida cautelar, se propondrá el precinto de la actividad musical hasta que se subsanen las deficiencias detectadas.