El Consell d'Eivissa ha informado al sector hotelero y al del taxi sobre los detalles de la regulación del transporte privado complementario de viajeros y el protocolo de actuación del servicio de Inspección. Según ha informado la institución, este transporte privado complementario lo pueden realizar empresas o entidades con una actividad diferenciada de la del transporte como un complemento necesario y con origen o destino a establecimientos de la propia empresa.
Como ejemplo, el conseller de Transportes, Javier Torres, se ha referido a un hotel que puede trasladar a sus clientes al aeropuerto, una actividad permitida si se cumplen unos requisitos. En caso contrario, ha dicho, se puede incurrir en una sanción de hasta 4.001 euros y la inmovilización del vehículo. Entre otros requisitos para ofrecer el servicio de transporte privado complementario, el Consell ha recordado que debe existir una relación laboral entre el conductor y la entidad propietaria del vehículo y el transporte no podrá ser contratado o facturado de forma independiente
Sobre la falta de conductores en Ibiza, desde el Consell han recordado que, en el servicio de autobús, habrían aumentado las expediciones y frecuencias si se hubiera podido contratar a más personal. En la reunión, las partes también han abordado el uso del tacógrafo, asegurando el conseller que en abril ya reiteró al Ministerio de Transportes la petición de exceptuar Ibiza del uso de este aparato. "Se trata de una reivindicación histórica del sector", ha insistido Torres, recordando que en Ibiza se puede aplicar la normativa europea que exceptúa la utilización de este aparato en islas de menos de 2.300 km2.
El Consell ha lamentado que desde el Govern no se haya hecho la presión necesaria al Gobierno para impulsar un cambio normativo "muy necesario" en las Islas