La Audiencia Provincial ha condenado recientemente al actual delegado del Colegio de Procuradores en Eivissa, José López López, a pagar 402.180 pesetas, cantidad que supone el doble de lo que cobró de más a un cliente con el que al finalmente litigaron en un proceso civil. Las acciones emprendidas derivaron de aplicar lo dispuesto en la Ley de Enjuiciamiento Civil, que posibilitaba resarcir una cantidad no cobrada bien con el duplo de lo percibido y reclamado.
La decisión judicial, tomada por la Sección Tercera de la Audiencia Provincial, viene a confirmar un sentencia impuesta por el juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 5 de Eivissa que, con fecha 14 de diciembre de 2000, estimó parcialmente la demanda presentada por una persona que se sintió perjudicada económicamente por su abogada y por el procurador condenado por el ejercicio de una representación legal.
Esta sentencia no consideraba incorrecta la actuación de la abogada, a quien se le pedía por distintos conceptos derivados de los honorarios una cantidad millonaria, pero sí la del procurador de los tribunales José López López. El demandante y el procurados recurrieron este fallo ante la Audiencia Provincial al no estar de acuerdo con todo lo decidido por la que en su día era responsable del juzgado ibicenco.
El tribunal de Mallorca, una vez examinados los argumentos de las partes, ratifica lo decidido por el juzgado ibicenco y, para el caso del delegado del Colegio de Procuradores es claro cuando dice «el hecho de haber cobrado de más lo tiene reconocido el procurador señor López en su escrito presentado al juzgado en fecha 29 de junio de 2000, en que manifestó haber cobrado un exceso de 202.155 pesetas».