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Condenada por hacerse la víctima

Una mujer acusó ocho veces a su pareja por maltrato para «lograr ventaja en un futuro proceso de separación»

La jueza proclama la que la confianza que la ley deposita en la víctima no puede ser usada como «arma arrojadiza».

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«La credibilidad que otorga la ley a las víctimas de malos tratos no puede convertirse en arma arrojadiza en cualquier situación de crisis de pareja (...) y bajo ningún concepto puede ser utilizada de forma discriminada y arbitraria para amparar situaciones de picaresca como ocurre en el presente caso». En esta sentencia la jueza del Juzgado de lo Penal número 1 de Eivissa, Clara Ramírez, se refiere al caso de G.T.D., una mujer de nacionalidad argentina que en tres meses de 2004 denunció a su ex pareja en ocho ocasiones por presuntos malos tratos y amenazas. Todas las denuncias fueron consideradas falsas y por tanto fueron desestimadas. En una de ellas, además, fue ella quien acabó siendo condenada por malos tratos sobre su ex pareja, M.Z., de nacionalidad suiza.

Por todo esto, G.T.D. fue condenada en octubre del año pasado como autora de un delito de acusación y denuncia falsa a pagar una multa de 3.240 euros, pena que ha sido recurrida por la mujer, que ha continuado denunciando a su ex pareja por presuntos malos tratos. La última denuncia fue desestimada anteayer por el Juzgado de guardia por los mismos motivos que las anteriores.

En la sentencia de octubre pasado la jueza concluye que G.T.D., era «consciente de que tales afirmaciones [las denuncias contra su ex pareja] eran contrarias a la realidad» y que con ellas se proponía «lograr una posición ventajosa en un futuro proceso de separación». La sentencia afirma que «las sucesivas denuncias interpuestas por la acusada contra su pareja sentimental fueron arbitrarias, por cuanto de las ocho denuncias interpuestas por la acusada ninguna ha sido merecedora por parte del Ministerio Fiscal de formular acusación contra el denunciado».

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