a juez Martina Rodríguez, responsable del Juzgado de lo Penal número 2 de Eivissa, anticipó ayer la absolución, por falta de pruebas, del dueño de un restaurante de la zona de es Viver que tuvo que comparecer en una vista oral para responder de una denuncia que le interpuso una empleada acusándole de hurtarle ropa y efectos por valor de 3.000 euros. Se da la circunstancia de que el afectado era guardia civil y había pedido la excedencia precisamente para emprender este negocio.
La magistrada anunció su decisión in voce al término de un juicio que se celebró ayer y en el que no se presentó la denunciante pese a haber sido citada.
Según la acusación, por la que en un principio se pedían 8 meses de cárcel, la mujer había dejado de trabajar después de 20 días al no superar el periodo de prueba, momento en el que ésta afirmó que su exjefe entró en su habitación y le sustrajo los enseres.
Según su casero, ello no ocurrió nunca. El acusado, a su vez, señaló sentirse víctima de una venganza después de que la denunciante hubiera tomado su coche y hubiera sufrido un accidente sin hacerse cargo de la renovación del seguro como habían convenido.