La Audiencia de Palma ha confirmado la condena de 30 días de localización permanente y prohibición de acercarse o comunicarse con su exnovia para un hombre que envió fotografías y vídeos de carácter pornográfico a su madre, sus tíos y una amiga, al considerar que la vejó.
La sección segunda del tribunal provincial ha desestimado el recurso que interpuso el hombre contra la condena del Juzgado de lo Penal número 4 de Palma por vejaciones de carácter leve a 30 días de localización permanente y a no acercarse ni comunicarse con la víctima durante 6 meses.
La sentencia considera probado que el acusado mandó a la madre, los tíos y una amiga de su exnovia fotografías de ella en escenas pornográficas para denigrarla y molestarla, así como un enlace a una página de internet donde había vídeos porno protagonizados por ella que había grabado por necesidades económicas mientras fueron pareja.
El hombre acompañó las fotos y el enlace de un mensaje anunciando que lo que enviaba era «un adelanto» para que supieran cómo era ella.
Según la sentencia, los hechos causaron a la mujer una fuerte ansiedad y alteración emocional, así como un fuerte impacto en la familia.
La sección segunda de la Audiencia de Palma señala en la sentencia que las imágenes que envió el acusado a los familiares de la víctima «resultan contrarias a las normas de la convivencia y el respeto y consideración debidas no solo a la pareja, sino a la dignidad de cualquier persona y de lo que se tiene que aguantar o tolerar».
Rechaza el recurso del hombre, basado en que no fue acusado de vejaciones sino de coacciones, y precisa que ha sido condenado por una infracción penal más leve que el delito por el que era acusado y que existe homogeneidad de principio acusatorio entre ambos, lo que permitió que pudiera defenderse en el juicio.