El borrador de anteproyecto de la ley turística incluye un fuerte régimen sancionador y da mucho poder al papel de los inspectores turísticos para evitar infracciones por parte de los operadores turísticos. En la parte final del texto, se establecen varias infracciones que van de leves a muy graves, lo que puede originar multas de hasta 400.000 euros para quien incumpla la norma con el agravante de que se arriesga a un cambio de categoría, a la suspensión temporal, hasta un máximo de doce meses, de la actividad de la empresa o del ejercicio profesional individual o incluso al cierre del establecimiento.
Entre las faltas graves se citan la emisión o vertido de cualquier clase a la atmósfera, al suelo, a la playa o a las aguas terrestres o marítimas que supongan daños graves a los recursos naturales o al medio ambiente.
También se considera muy grave cualquier actuación discriminatoria por razón de nacionalidad, raza, sexo, religión, orientación sexual, discapacidad, opinión o cualquier otra circunstancia social o personal.