Alumnos con superpoderes que hacían tres cursos a la vez, a la misma hora. Otros que iban a formaciones sin estar inscritos; firmas de asistencia falseadas o profesores que llegaban horas tarde a clase. Un cúmulo de irregularidades ha llevado al TSJIB a ratificar la sanción impuesta por el SOIB a una empresa que, durante tres ejercicios recibió subvenciones para organizar cursos de formación a parados.
La empresa perdió la habilitación para impartir este tipo de cursos a raíz del estallido del caso y tuvo que ser liquidada por sus administradores. En el año 2017 participó en el proceso de concesión de subvenciones para actividades formativas que convocó el servicio autonómico de empleo. Se le concedieron 250.000 euros de fondos públicos para desarrollar una serie de actividades, la mayor parte de ellas relacionadas con la enseñanza de idiomas tanto a trabajadores en paro como ocupados.
Al poco de iniciarse comenzaron los problemas
Los servicios de inspección comenzaron a encontrarse cosas raras en las formaciones: la persona que tenía que impartirlas aparecía con retraso y era sustituida por un administrativo sin capacitación; las firmas que justifican la asistencia no aparecen o reflejan más alumnos de los que han asistido durante el curso. En otros casos se detectan coincidencias de inscritos: cinco alumnos participaban en dos formaciones a la vez o otros dos figuraban en dos que se hacían los mismos días a las mismas horas.
A este listado de irregularidades que se detectaron por los servicios de inspección se sumaron otras denunciadas por una profesora. Esta formadora acudió incluso a la Policía Nacional para contar lo que ocurría en la empresa: buena parte de lo que contó dio paso a una actuación de la Inspección de Trabajo. Además contó que, de forma sistemática se fomentaba inflar las cifras de asistencia, que se le impedía reflejar en las actas las ausencias o que se falsificó en varias ocasiones su firma por clases que ella no había impartido.
Con todos estos datos, el SOIB inició un expediente para reclamar la devolución de los fondos que había adelantado (82.000 euros de los 150.000 euros cobrados) y para impedir que la empresa recibiera las cuantías pendientes por cobrar. Además se le retiró la capacidad para intervenir en formaciones.
Recurso
La empresa llevó el caso al Tribunal Superior de Justicia de Baleares. Argumentaba que había invertido fondos en esos cursos y que, por tanto, debería poder acceder a las subvenciones. También indicaba que el Govern había validado los títulos y que ahora actuaba en contra de sus actos.
La Sala de lo Contencioso señala que no se discute si se hicieron o no cursos sino que estos no se ajustaban a los requisitos para los que se concedió la subvención: «La consecuencia legal del incumplimiento de las condiciones se traduce en el reintegro total», resuelven. Añade el tribunal que ha quedado acreditado que los cursos subvencionados no se hicieron: «Se realizaron otros en condiciones distintas a las fijadas en las prescripciones de la concesión de la ayuda. Y los gastos de estos otros cursos distintos, no quedaban cubiertos por las ayudas». Así pues, a los 90.000 euros que no cobra suma los 82.000 que tiene que devolver.