El Gobierno ha aprobado hoy una modificación del Código Civil que eleva de 14 a 16 años la edad mínima para poder contraer matrimonio con el objetivo de dar una mayor protección a los menores.
Esta nueva reforma legal se ha acometido al tiempo que el Consejo de Ministros ha aprobado también el anteproyecto de ley de Jurisdicción Voluntaria que regula la actividad jurisdiccional sin controversia entre partes y permite que competencias que hasta ahora eran exclusivas de los jueces puedan ser tramitada también por secretarios judiciales, notarios y registradores.
En la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros, el ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón, ha explicado que elevar la edad legal para casarse es una propuesta en defensa de las menores y basada en un criterio homogéneo en la mayoría de las legislaciones de la Unión Europea.
Además, la edad mínima de consentimiento sexual quedará fijada en 16 años después de que el Congreso reforme el actual Código Penal, que la fija en 13 años, por lo que un adulto cometerá un delito de abusos a menores si tiene relaciones con una persona menor de esa edad.
El nuevo texto penal remitido a las Cortes contempla que la realización de cualquier acto de carácter sexual con menores de 16 años será considerado un hecho delictivo, salvo que se trate de relaciones sexuales consentidas entre personas de similar grado de madurez y desarrollo, que en ningún caso serán penalizadas.