El sindicato USO Pitiüses ha destacado el «importante precedente» que va a suponer una reciente sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Balears (TSJB), que reconoce el derecho de una trabajadora temporal a ser fija discontinua en un comercio de Aldeasa en el aeropuerto de Eivissa, en el que prestaba sus servicios, a pesar de haber sido contratada a través de una empresa de trabajo temporal.
La sentencia del TSJB responde al recurso de suplicación interpuesto por Aldeasa S.A. y la empresa de trabajo temporal Select contra la sentencia del Juzgado de lo Social Nº1 de Eivissa, de 24 de febrero de este año. Esta primera sentencia, dictada sobre demanda interpuesta por la trabajadora contra Aldeasa S.A. y Select S.A., declaraba a la trabajadora «fija discontinua de la empresa Aldeasa S.A. con todos los efectos legales inherentes», a la vez que absolvía a Select S.A. en el mismo caso.
La trabajadora prestaba sus servicios en un duty free del aeropuerto de Eivissa con contratos de duración determinada a tiempo parcial por acumulación de tareas. La sentencia dice claramente que los contratos eventuales con los que la trabajadora ejerció su actividad en beneficio de Aldeasa durante tres temporadas anuales ininterrumpidas entre 1997 y 1999 fueron fraudulentos al no responder a la causa legal de temporalidad en que se amparaban formalmente.
Por otro lado, el fallo de la sentencia asegura que es la empresa que recurre a la ETT la que tiene la responsabilidad sobre el tipo de contrato realizado, y exime a la compañía que realiza el subcontrato de responsabilidades en este caso.