La Fiscalía ha remitido al juzgado de primera instancia e instrucción las diligencias informativas sobre este caso al considerar que se ha podido cometer un delito contra la ordenación del territorio y el medio ambiente. Además, considera que se deberían practicar diversas diligencias para esclarecer la situación urbanística en que se encuentra ese área y la manera en que ha obrado el Ayuntamiento en este asunto. Entre otros documentos, el fiscal considera prioritario que el Consistorio entregue la relación de las licencias otorgadas desde el 25 de mayo de 1995 hasta la fecha en los sectores 3.7, 3.8, 3.9 y 3.10 de es Cubells.
La Policía Judicial deberá barrer el paraje para identificar «todas y cada una de las viviendas en fase de construcción» existentes en la zona de acantilados, «con indicación de si tienen o no licencia». Asimismo, el fiscal pide como medida cautelar la «paralización y precinto judicial de las edificaciones de viviendas que se encuentren en fase de construcción».
El caso es de una complejidad extrema y se remonta a 1973, cuando el Plan Provincial de Balears calificaba el área como «elemento paisajístico singular con edificabilidad cero». Doce años después el Ayuntamiento de Sant Josep presentó ante la Comisión Provincial de Urbanismo (CPU) la propuesta de Normas Subsidiarias (NNSS) donde incluía como urbanizable toda la zona.
En 1986 la CPU aprobó las NNSS, pero con la condición de que el Consistorio cumplimentara 20 prescripciones, entre ellas la de que los sectores 3.8, 3.9 y 3.10 siguieran siendo elementos paisajísticos singulares. Tras las alegaciones, el Ayuntamiento debía delimitar las superficies de los sectores que no formando parte del acantilado pudieran tener la clasificación de urbano. Las delimitó (sectores 3.4.1. y 3.4.2.), pero siguió convirtiendo en urbano aquello que según la CPU no debía ser edificable, por lo que no las aceptó.