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El GEN dice que la cantera de Sant Miquel no puede obtener el interés general

El Govern dio la orden en junio de 2000 para que se incluyera en el Anexo II, pero al parecer nunca se publicó en el BOIB

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El Grup d'Estudis de la Naturalesa (GEN) afirma que el Ayuntamiento de Sant Joan tiene razones suficientes para denegar la licencia de actividad municipal a la cantera de Can Carabassó, en Sant Miquel, porque el Govern balear «se olvidó» de incluirla antes del 1 de enero en el Anexo II del Plan Director Sectorial.

La ley de acompañamiento de los presupuestos de la comunidad prevé la legalización de cinco canteras de la isla (Ses Planes, Can Capità, Orvay II, na Francisca y Can Carabassó) porque a día 1 de enero estaban incluidas en el Anexo II del Plan Director de Canteras. Todas ellas cuentan ya con la declaración de interés general de modo que los ayuntamientos pueden tramitar la concesión de la licencia municipal.

Sólo na Francisca, en Santa Eulària, se ha incorporado en el último momento (el Boletín Oficial de les Illes Balears lo publicó el 30 de diciembre), mientras que el resto ya figuraba en dicho anexo, según la Conselleria de Medi Ambient. Sin embargo, el GEN mantiene que el Govern balear nunca llegó a publicar en el BOIB la inclusión de la cantera de Can Carabassó en el Anexo II, por lo que todavía no es efectivo. «El Govern balear, pese a sus 'buenas' intenciones, parece haberse olvidado de incorporar a tiempo [antes del 1 de enero] esta cantera en el Anexo II, por lo que se ha quedado sin la declaración de interés general y, por tanto, sin la posibilidad de que se pueda legalizar por la vía rápida», apunta el GEN.

La Conselleria de Medi Ambient informó ayer a este periódico que el día 22 de junio de 2000 se tramitó la solicitud para que se publicara en el BOIB la inclusión de esta cantera en dicho anexo, aunque, al menos ayer, no se pudo hallar el certificado de su publicación.

El GEN entiende que el alcalde de Sant Joan, Antoni Marí Carraca, tiene motivos suficientes para denegar la petición de legalización y abrir un expediente de infracción contra esta actividad. «30 años de retraso son suficientes», argumenta el grupo ecologista, que añade: «La ley obliga a los ayuntamientos a perseguir y sancionar las ilegalidades».

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