El pleno del Parlament ha aprobado modificar la Ley del Sector Público de Balears para que los representantes de la Abogacía de la comunidad no tengan capacidad de voto en los órganos de administración, patronato, junta de gobierno u órganos equivalentes de los entes públicos, si bien podrán asistir a las reuniones para asesorar a sus miembros.
La Ley del Sector Público recogía que entre los miembros del consejo de administración de las empresas que forman el sector público balear tenía que haber un representante de la Abogacía de la comunidad con voz y voto.
No obstante, el Grupo Popular ha alegado que este punto suponía una incompatibilidad establecida en la Ley de incompatibilidades del personal al servicio de las administraciones públicas. Esta norma señala que el personal de los entes públicos no puede pertenecer a más de uno de los consejos de administración u órganos de gobierno de las empresas públicas.
Por ello, el Grupo Popular ha impulsado esta modificación, aprobada mediante un decreto ley, alegando que esta incompatibilidad debía ser solventada por esta vía al darse una situación de «necesidad extraordinaria y urgente».