El sindicato Manos Limpias, personado como acusación popular en el marco del caso Nóos, considera «verdaderamente lamentable» y «presuntamente prevaricador» el informe «a la carta» emitido por la Agencia Tributaria (AEAT) para «blindar» a la Infanta Cristina frente a un posible fraude fiscal.
En un comunicado remitido a Europa Press, la entidad tilda asimismo de «lamentable y bochornoso» que Hacienda haya vetado al perito con que el juez instructor del caso Nóos, José Castro, «intentaba contrastar la actuación» de la AEAT.
Tal y como pone de manifiesto, Manos Limpias elaborará un contrainforme en este sentido, al aseverar que el informe del fisco «no se ha ajustado a las reglas del Estado de Derecho» y, por consiguiente, se ha podido cometer un presunto delito de prevaricación.
«Con comportamientos de esta índole, flaco servicio se está haciendo al Estado de Derecho, a la Jefatura del Estado y a la sociedad civil, que está asistiendo atónita cómo la ley se está aplicando de una manera sectaria y, lo que es más grave, incidiendo en presuntos ilícitos penales», han sentenciado desde el sindicato.
Y es que, en el último informe que ha aportado a la causa, la Agencia Tributaria de Cataluña da respuesta a varias de las peticiones efectuadas por Castro en cuanto a la necesidad de aclarar si la Infanta intervino en supuestas irregularidades fiscales y recalca que no puede considerarse a la hija del Rey Don Juan Carlos cooperadora o partícipe de un delito contra Hacienda «por el sólo hecho» de ser socia no administradora de la mercantil Aizoon, en contra del criterio expuesto por la Audiencia Provincial de Baleares.
Al respecto, la AEAT incide en que para ser partícipe en un delito contra el fisco se requiere «una previa participación consciente dirigida a la defraudación, bien induciendo al autor a cometer el delito, cooperando a su ejecución con un acto sin el cual no se habría efectuado o cooperando a la ejecución del hecho mediante actos anteriores o simultáneos», lo que no sucedió en el caso de la Duquesa de Palma, según la AEAT.
«Ninguna de esas formas de participación se alcanzan por el sólo hecho de disponer de la condición de socio no administrador», recalca el delegado especial de Cataluña, quien responde a las dudas suscitadas por la Audiencia en el auto por el que dejaba las puertas abiertas a la posible imputación de la Infanta por presuntos delitos fiscales.
La resolución apuntaba a que tanto Iñaki Urdangarin como su mujer se habrían beneficiado, como socios al 50 por ciento de la mercantil Aizoon, de los ingresos procedentes del Instituto Nóos así como del dinero supuestamente defraudado a Hacienda a través de la empresa de la que ambos eran copropietarios.