Antonio Alemany, periodista que se encargaba de la redacción de los discursos del expresidente del Govern Jaume Matas, ha solicitado ante la Audiencia Provincial de Baleares que se suspenda su ingreso en prisión hasta que el Gobierno resuelva si le concede o no el indulto parcial que ha solicitado para que sea reducida la pena. Alemany fue condenado a dos años y tres meses de prisión en el primer juicio del 'caso Palma Arena'.
Ante esta solicitud, el tribunal de la Sección Primera prevé dar traslado de la misma a la Fiscalía Anticorrupción y la abogacía de la Comunidad Autónoma para que se pronuncien al respecto, según han informado fuentes jurídicas.
En concreto, la defensa de Alemany reclama que la pena que pesa sobre su patrocinado sea ajustada a los dos años de prisión, pena que el Código Penal (CP) establece como límite para que el juez o tribunal sentenciador determine si un reo debe entrar o no en la cárcel siempre que no cuente con antecedentes penales.
De hecho, así lo indica el artículo 80 del CP, que determina que la ejecución de las penas privativas de libertad no superiores a dos años de cárcel podrán quedar en suspenso mediante una resolución motivada, que atenderá fundamentalmente «a la peligrosidad criminal del sujeto, así como a la existencia de otros procedimientos penales contra éste».
Irregularidad administrativa
En concreto, el Tribunal Supremo, que redujo a dos años y tres meses de prisión la condena de Alemany, resumía en una irregularidad administrativa lo que para los magistrados de la Audiencia Provincial de Baleares suponía una clara defraudación a la Administración y la comisión de delitos de malversación, prevaricación y falsedad: la convocatoria de un concurso público que sirviese de pantalla para contratar los servicios del periodista Antonio Alemany y beneficiarle con fondos públicos por la redacción de los discursos del exmandatario balear.
En la sentencia dictada por el Alto Tribunal para pronunciarse sobre los recursos de casación interpuestos por Matas y Alemany contra sus respectivas condenas, el tribunal de la Sala de lo Penal aseveraba cómo en los hechos juzgados en el primer juicio del caso Palma Arena «no se encuentra ese fraude o engaño para perjudicar a la Administración». «Podrá existir una irregularidad administrativa e incluso otra figura delictiva, pero de ningún modo pueden apreciarse los elementos» relativos a una posible defraudación.
Es más, el TS llegaba a afirmar que el contrato suscrito para contratar a Alemany «tenía como fin cumplir un servicio público», un interés público que, añade, «efectivamente se prestó». Más en concreto, el tribunal se refiere a la articulación de la convocatoria de la que resultó adjudicataria la agencia de comunicación Nimbus, tras la cual se formalizó un contrato con esta mercantil -que en mayo de 2003 se había encargado de la organización de la campaña electoral del PP- y que, según sostenía la Audiencia, sirvió de pantalla para poder pagar la redacción de las intervenciones públicas de Alemany.
En este sentido, la Sala consideraba «especialmente significativo» que la Audiencia declarase que el contrato otorgado en materia de asesoramiento y comunicación sirvió para retribuir todos los servicios que Matas le encomendó, y que «efectivamente llevó a cabo durante toda la legislatura». Unos trabajos que fueron entregados a través de Consultores de Información de Baleares, propiedad de Alemany, que a su vez los facturaba mensualmente a Nimbus.