El Tribunal Superior de Justicia de Balears (TSJIB) ha rechazado la urgencia de elevar al Constitucional el recurso contencioso administrativo de Gent per Eivissa contra el decreto de convocatoria de elecciones en el Parlament balear, referente al reparto de escaños en la Cámara autonómica. La formación progresista había realizado esta reclamación al entender que era «necesario y urgente» para hacer posible la adopción de medidas cautelares sobre la constitución de la Cámara.
La demanda presentada por GxE el 12 de mayo de 2015 plantea la insconstitucionalidad del artículo 12 de la Ley electoral de la Comunidad Autónoma balear —que atribuye 33 escaños a la isla de Mallorca; 13 a la de Menorca; 12 a Eivissa, y uno a Formentera— al considerar que la proporción asignada a Eivissa en relación a su población es «injusta y no ajustada» a la Constitución. No obstante, el TSJB dictó ayer un auto en el que acuerda no plantear, de momento, de forma cautelar la inconstitucionalidad de este artículo ante la celebración mañana del acto de constitución del Parlament balear.
El tribunal advierte de que la decisión no tiene «carácter definitivo» y se ha adoptado sin perjuicio de que, cuando se tramiten los autos y se esté en trámite de sentencia, sí pueda plantearse dicha cuestión. El auto continúa además el trámite, dando plazo para alegaciones, de la demanda principal.
En este sentido, el portavoz de GxE, Juanjo Cardona, explicó que ahora habrá que esperar a la resolución final del recurso y recordó que su intención es llegar hasta el Constitucional para «corregir la discriminación de la isla». «No pedíamos anular ni paralizar nada, sino añadir dos diputados más a la circunscripción de Eivissa para compensar el menor peso de la isla en el Parlament, a pesar de su población», aseguró Cardona.
Gent per Eivissa impugnó las elecciones al Parlament porque «el sistema electoral discrimina a los ciudadanos de Eivissa» al otorgar a Eivissa un diputado menos que a Menorca, a pesar de tener un 50% más de población.