La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo no ha admitido el recurso de casación interpuesto por Valentín Pod contra la condena de 4 años y 8 meses de cárcel condenado por un delito de atentado al apalear al juez de paz de Santa Eulària en 2014. Los magistrados han desestimado que hubiera una infracción del derecho a la presunción de inocencia y que el recurrente sufriera una anomalía psíquica como causa de exención o de atenuación de la responsabilidad civil criminal.
La Audiencia Provincial de Palma condenó a Valentín Pod en marzo de este año a cuatro años y ocho meses de cárcel por un delito de atentado contra Mariano Juan, juez de paz de Santa Eulària y que por entonces contaba con 75 años, por agredirle con un palo el 2 de diciembre de 2014, Aquel día, Valentín Pod, de nacionalidad rumana, sorprendió a la víctima en las inmediaciones del aparcamiento de su casa, en el pasaje Molins de Rei.
Según el relato de Fiscalía, «enojado tras haberle sido notificada una sentencia que no le era favorable, el acusado se dirigió por detrás al juez de paz que había dictado dicha sentencia y con un palo de madera que portaba (de 105 centímetros de alto por 3 de ancho) le golpeó en la espalda, momento en el que la víctima se giró, dirigiendo el acusado los golpes con el palo a la cabeza».
La víctima frenó en parte los golpes levantando el brazo derecho para cubrirse y el acusado huyó del lugar de la agresión.
Como consecuencia de la agresión, la víctima sufrió lesiones consistentes en contusión en región escapular derecha, contusión en antebrazo derecho con dos hematomas de 10 centímetros y rotura fibrilar que requirieron una única asistencia facultativa, tardando en curar 15 días.
El 26 de noviembre, Valentín Pod había denunciado a otra persona por injurias, unas faltas menores que normalmente se dirimen ante un juzgado de paz. Al salir de dicho juicio, el sujeto propinó diversas amenazas contra el juez, la secretaria y todos los funcionarios allí presentes.