La Audiencia Provincial ha absuelto a un taller mecánico de pagar más de 195.000 euros por el incendio y hundimiento de un yate que había entregado el mismo día del siniestro, en Ibiza, tras una puesta a punto.
El Tribunal ha apreciado el recurso presentado por la aseguradora del taller, revocando así una sentencia anterior que obligaba al mecánico a afrontar la indemnización.
En febrero de 2017, el propietario del yate había encomendado al taller trabajos de puesta a punto y mantenimiento de la embarcación, de 12 años de antigüedad.
La empresa terminó a finales de mayo y realizó una prueba de navegación en el mar, en la que no se advirtió ninguna anomalía. Al día siguiente, efectuó otra prueba con la presencia a bordo del propietario y un técnico, en la que navegaron de Ibiza a Santa Eulària sin incidencias.
Seguidamente, el propietario y un amigo, sin el técnico, navegaron hasta Formentera y almozaron allí. Posteriormente realizaron otro trayecto a la isla del Espalmador y de ahí, pusieron rumbo de regreso a Ibiza.
En ese trayecto, comenzaron a notar olor a quemado, y al retirar la tapa del motor comprobaron que de la sala de máquinas salía una humareda negra, y al poco tiempo, llamaradas. Los dos tripulantes tuvieron que abandonar la nave y ser auxiliados por otro barco.
Los servicios de rescate no lograron reducir el incendio, que se propagó al resto de la embarcación. Finalmente se optó por remolcarla a una zona más profunda, donde se hundió. No pudo ser recuperada.
La Sala entiende que el hecho de que el incendio se produjera poco después de la intervención del taller no es suficiente para concluir que actuó negligentemente y responsabilizarle del siniestro.
Los magistrados señalan que, aunque la proximidad temporal "suscita sospechas" sobre si puede existir algún nexo, no hay medios de prueba, entre otros motivos porque no se ha podido examinar la embarcación hundida.